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El Sr. Alcalde de Alhaurín propone una explotación “encubierta” de las canteras cerradas por ser ilegales con su propuesta de  Plan de Restauración.-

Plataforma en Defensa de la Salud y la Sierra. 05.01.06 

El Sr. Alcalde de Alhaurín de la Torre, Sr. Villanova,  ha permitido durante años la existencia en su municipio de canteras ilegales y clandestinas. Por esta circunstancia debió declarar en calidad de imputado por un presunto delito contra el medio ambiente, como consecuencia de los daños irreversibles al ecosistema de la Sierra de Mijas realizados por estas explotaciones extractivas, en el Juzgado de Instrucción núm: 1 de Torremolinos. A partir de la sentencia firme del TSJA, no le quedó otro remedio que cumplir la ley y no otorgar nuevas licencias de aperturas pues, en caso contrario estaría cometiendo un delito de prevaricación.- Sin embargo, el SR. Ramirez Presidente de su partido (PP)  ha manifestado que su interés es que las canteras sigan en el municipio, y que el Alcalde estaría encantado de dar nuevas licencias de apertura.-

La propuesta realizada ayer sobre un supuesto Plan de Restauración que dure siete años, y que mientras tanto las canteras pueden seguir extrayendo y suministrando material es una ilegalidad grave.- En Andalucía la primera sentencia firme por delito medioambiental como consecuencia de la explotación de canteras, condenó a un Alcalde, al Delegado de Medio Ambiente y al cantero a penas de cárcel, precisamente por permitir durante años la extracción y suministro de áridos de una cantera que estaba supuestamente en “restauración”, está sentencia fue en Granada- Por tanto, lo manifestado por el Sr. Villanova sólo pretende perpetuar la extracción y suministro de áridos de las canteras.-

Por otro lado la Restauración consiste en la recuperación de la zona de Sierra y Monte arrasada por los canteros, consiste en la reposición en lo posible a su estado inicial de lo destruido.- No consiste en la extracción y en el suministro de materiales, consiste en el aporte y entrada de miles de camiones, de toneladas de tierra, plantación de árboles, etc.- La Restauración según la Ley, en este caso, al haber sido declaradas ilegales las canteras, no la proponen, ni lo solicitan los infractores. Es el Ayuntamiento quién LO ORDENA, y obliga a su ejecución. Esta Restauración la tienen que dirigir, Técnicos medio ambientales, Licenciados de Biología, expertos en flora, fauna y paisaje, NO mineros, canteros etc.- Esta Restauración si necesita centenares de empleados y mano de obra. Pero que no engañe y mienta el Sr. Alcalde, durante una Restauración, no se suministra, ni se vende árido.-

Tampoco es cierto lo manifestado por el Sr. Alcalde en referencia a que las Canteras cerradas tienen Permiso legales para sus Plantas de Machaqueo. La de Sando está declarada ilegal por la propia Sentencia.- La de Taralpe, según un propio Informe del Ayuntamiento de Alhaurín del año 2003, no tiene Licencia de Apertura para Planta de Machaqueo y la de Pinos de Alhaurín, no consta en el Ayuntamiento ninguna Licencia a nombre del titular actual de la explotación.- Por tanto, en cumplimiento de la Ley, la Plataforma le ha solicitado al Sr. Alcalde el cierre y precinto de dichas Plantas de Machaqueo. Esta actuación administrativa la tendrá que realizar para no incurrir en nuevas irregularidades.-

Finalmente indicar, que Extraña el interés que tiene el PP, para que la Junta de Andalucía le quite a los Ayuntamientos la competencia urbanística en el tema de Canteras. Es una postura de “listillos”. Las competencias interesantes del Urbanismo, como es la construcción y los convenios urbanísticos, para los Ayuntamientos e intocables, sin embargo, las competencias sobre materias que producen perjuicios sociales para los habitantes de estos municipios que las asuma la Junta de Andalucía.- La competencia final para autorizar una Cantera es del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, y no la puede otorgar porque sería un delito. La propuesta de una Ley o norma supramunicipal, como es un Plan Director de Canteras, en primer lugar sería un proceso que duraría varios años. En segundo lugar, NO SERIA DE APLICACIÓN A LAS CANTERAS CERRADAS POR ILEGALES DE ALHAURIN DE LA TORRE. Estas canteras YA NO EXISTEN Y ESTAN CERRADAS. Cualquier Ley o Plan posterior será en todo caso para CANTERAS NUEVAS O PARA LAS CANTERAS EN FUNCIONAMIENTO.- Esa es la diferencia con Baleares, allí se ha tardado ocho años en hacer esa norma, se inicio en el año 1989, y no se publicó hasta el año 1997. Las canteras cerradas por Sentencia Firme en la comunidad Autónoma de Baleares, no han abierto con esta norma. La misma se ha aplicado a canteras nuevas y a canteras que estaban en funcionamiento.-

En definitiva, la única solución, es la legal. El Ayuntamiento tendrá que dar ORDEN DE RESTAURACION Y REPOSICION A SU ESTADO ANTERIOR DE LO DESTRUIDO POR LOS CANTEROS Y A ESTOS SE LES VA A ABRIR POR LEY UN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR SUS GRAVES INCUMPLIMIENTOS LEGALES.-

PDSS. Francisco J. Galán Palmero. Letrado y Asesor Jurídico de dicha Entidad.-

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