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Una mujer de 75 años muere ahogada en El Palo
CGT. Málaga. 15.08.26 
CGT exige una investigación inmediata sobre el funcionamiento del servicio de salvamento en las playas de Málaga 
«No vamos a señalar a un culpable antes de que se investigue. Pero tampoco vamos a permitir que se cierre este caso sin responder a todas las preguntas que los hechos plantean» 
La Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLT) del Servicio de Salvamento y Socorrismo de las Playas de Málaga (CGT) expresa públicamente su profundo pesar por el fallecimiento de una mujer de 75 años en la playa de El Palo y traslada sus condolencias a sus familiares y allegados.
El cuerpo de la mujer fue recuperado del mar en la zona de El Palo, después de que se alertara de la presencia de una persona flotando en el agua. Los medios de comunicación sitúan el suceso en torno a las 10:40-10:50 horas del 13 de agosto. CGT considera que un fallecimiento en circunstancias anómalas no puede limitarse a ser tratado como un episodio más de la temporada.
Existen una serie de cuestiones relacionadas con la respuesta del servicio de salvamento que, según los testimonios de trabajadores y la documentación que obra en poder de esta representación —incluyendo fotografías, audios, mensajes y registros internos—, deben ser investigadas de manera inmediata y exhaustiva.
UNA PERSONA PERMANECIÓ EN EL AGUA DURANTE UN PERIODO PROLONGADO 

Uno de los aspectos que más preocupa a esta representación es que la víctima habría permanecido en el agua durante un periodo prolongado antes de ser localizada. 

CGT no pretende determinar desde este momento cuánto tiempo exacto llevaba la mujer en el agua ni establecer una relación causal entre ese hecho y las deficiencias del servicio. Eso corresponde determinarlo a una investigación oficial, pero sí consideramos imprescindible responder a una pregunta: ¿Cómo es posible que una persona pueda permanecer en una zona de baño del litoral de Málaga durante un periodo tan prolongado sin ser detectada por el sistema de vigilancia?

La respuesta a esta pregunta debe ser objetiva y basada en datos. Debe determinarse:
  qué torres estaban operativas;
  qué trabajadores se encontraban efectivamente en sus puestos; 
 qué zonas estaban siendo vigiladas; 
 qué comunicaciones se produjeron;
  cuando se recibió exactamente el aviso; 
 cuando se activó cada recurso; 
 qué tiempo tardó cada recurso en llegar;
  y qué medios se encontraban disponibles en ese momento. 

EL PRIMER SOCORRISTA QUE LLEGÓ AL AGUA LO HIZO A NADO 

Según los testimonios recabados por esta RLT, el socorrista destinado en la Torre 21 de El Palo fue quien entró inicialmente al agua para dirigirse hacia la víctima. Lo hizo solo. 

Según la información facilitada por los trabajadores, los socorristas de las torres próximas no habrían acudido inicialmente en apoyo de la intervención. La víctima se encontraba, según los testimonios recibidos, en la zona de boyas, aproximadamente a 200 metros de la costa. El socorrista recorrió esa distancia a nado y habría llegado a la víctima antes que la moto acuática de salvamento.

Este hecho en sí, merece una investigación específica. No porque un socorrista no deba entrar al agua —precisamente esa es una de sus funciones—, sino porque en una emergencia en la que existe una moto de rescate destinada precisamente a proporcionar una respuesta rápida, resulta imprescindible conocer: 

¿A qué hora se recibió el aviso?
 ¿A qué hora se activó la moto? 
¿Dónde se encontraba exactamente la moto?
 ¿Dónde estaba el patrón? 
¿Cuándo comenzó la navegación? 
¿Cuál fue el tiempo real de desplazamiento? 
¿Por qué un socorrista que tuvo que recorrer aproximadamente 200 metros a nado llegó antes que una moto de salvamento que, según la información en poder de la RLT, se encontraba a menos de un kilómetro? 

No son acusaciones. Son preguntas básicas de seguridad operacional que deben ser contestadas. 

CINCO MINUTOS PUEDEN SER UNA ETERNIDAD EN UNA EMERGENCIA 

Según los trabajadores que participaron en la intervención, la moto habría tardado aproximadamente cinco minutos en llegar al punto donde se encontraba la víctima. La RLT considera imprescindible que ese tiempo sea verificado mediante los registros objetivos disponibles:
  GPS; 
 comunicaciones por radio;
  registros de apertura; 
 registros de activación; 
 grabaciones; 
 partes de servicio; 
 ubicación de la moto; 
 y cualquier otro sistema de trazabilidad existente. 

En salvamento acuático, la rapidez de respuesta no es una cuestión estética ni administrativa. Cada segundo importa. 

Una persona inconsciente en el agua necesita una respuesta inmediata. Por ello, si una moto de salvamento se encuentra a menos de un kilómetro del lugar de la emergencia y tarda aproximadamente cinco minutos en llegar, la pregunta no es solamente cuánto tardó. La pregunta es: 

¿Por qué tardó ese tiempo y qué ocurrió durante esos minutos? 

LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA TRIPULACIÓN TAMBIÉN DEBE SER INVESTIGADA 

Existe otro elemento especialmente preocupante. Según los testimonios recibidos por esta representación, la rescatadora que llegó a bordo de la moto habría tenido dificultades para introducir a la víctima en la hawaiana, necesitando asistencia. Asimismo, los trabajadores manifiestan que el patrón tampoco habría sabido resolver adecuadamente la maniobra de apoyo necesaria.

La RLT no pretende criminalizar una dificultad técnica concreta. Precisamente por eso reclama una investigación. 

Porque una moto de rescate no es un vehículo recreativo. Es un medio de intervención en emergencias, y las personas que lo operan deben estar correctamente formadas, habilitadas y entrenadas para actuar bajo presión. 

La empresa y la Administración deben poder acreditar: 
 qué formación recibió cada patrón;
  qué formación recibió cada rescatador; 
 qué experiencia tenía; 
 qué simulacros había realizado; 
 qué maniobras de rescate había practicado; 
 qué tiempos de respuesta habían sido evaluados; 
 y si las personas que estaban operativas aquel día eran las adecuadas para desempeñar esas funciones. 
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