Muchos ciudadanos, pueden acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Se han de cumplir una serie de requisitos, como ser persona física o autónomo, contar con más de un acreedor, encontrarse en situación de insolvencia, es decir no poder hacer frente a los pagos, no tener antecedentes penales y ser considerado un deudor de buena fé. En GALAN PALMERO ABOGADOS, analizamos cada caso en particular, sobre todo a justificar el requisito de ser un deudor de buena fé, la principal cuestión que hay que demostrar en el procedimiento para solicitar la Exoneración del Pasivo. |