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Periodos de caza 2021-2022
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Medio Natural

Francisco Pérez Ríos. 02.06.21 
Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2021/2022, publicado en el Boja 103 de 1º de junio de 2021, consta de 4 páginas y adjunto un enlace para mejor conocimiento de los lectores.
En la actualidad esta Resolución es muy importante para  todos los andaluces, puesto que las circunstancias del COVID 19 nos han hecho salir al aire libre sierras, montes y tierras lo cual puede significar que hay que tener mucho cuidado ya que puede ser un peligro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
De conformidad con la disposición final primera de la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad
Autónoma, establece que mediante resolución de la persona titular de la Dirección neral competente en materia de caza, se publicarán las fechas de apertura y cierre  correspondiente a los períodos hábiles de caza para las distintas especies que habrán de regir en cada temporada.
Por todo lo expuesto, vista la normativa citada y la de general aplicación, esta Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, en ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
R E S U E L V E
Primero. Aprobar las fechas de apertura y cierre correspondientes a los períodos hábiles de caza establecidos para las distintas especies que habrán de regir durante la temporada de caza 2021/2022, que son las establecidas en el anexo adjunto.
Segundo. La presente resolución producirá efectos a partir del primer día hábil de la temporada de caza 2021/2022, una vez publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de mayo de 20 terrenos donde existan daños habituales a la agricultura, siempre que se autorice expresamente en el plan técnico de caza.
Desde el 1 al 28 de noviembre el cupo máximo será de 3 piezas por persona cazadora y día.
21.- La Directora General, Araceli Cabello Cabra (2)  Palomas cazables: torcaz, zurita y bravía.
(2’) El periodo hábil de la tórtola se verá afectado por la Resolución Excepcional de la
Dirección General que recoge las Directrices del Plan Adaptativo de Caza de la Tórtola Europea
(3)
A partir del día 1 de enero, sólo desde puesto fijo.
(4)
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 581/2001, de 1 de junio, (BOE núm. 143 de 15 de junio de 2001) y Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, queda prohibida la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en zonas húmedas incluidas en la Lista del Convenio relativo a Humedales de
Importancia Internacional, en las de la Red Natura 2000 y en las incluidas en espacios naturales protegidos, así como en el Inventario de Humedales de Andalucía.
(Se podrán seguir corriendo liebres con galgos atraillados y capturando liebres con avcetreria adecuadas hasta el 31 de enero.
-Perdices, ánades reales, faisanes, codornices, paloma zurita y paloma bravía, objeto de suelta en escenarios de caza deportiva hasta el 28 de marzo
En cotos intensivos y escenarios para la práctica de modalidades, perdices, ánades reales, faisanes, paloma zurita y paloma bravía objeto de suelta hasta el 25 de abril, y codornices durante todo el año, pudiendo practicarse exclusivamente mediante las modalidades de caza al salto, en mano, desde puesto fijo, aguardo, cetrería y ojeo.
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/103/BOJA21-103-00004-9270-01_00193144.pdf
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