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Amnistía Internacional, ante la sentencia del TEDH:
“Esta violación de derechos humanos ha durado demasiado”
Amnistia Internacional. 03.10.17 
Ante la sentencia de hoy del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que ratifica que las expulsiones en caliente son ilegales, tal y como ha denunciado Amnistía Internacional en numerosas ocasiones, y que se produce en respuesta a la denuncia interpuesta ante el TEDH por que dos personas migrantes de Malí y de Costa de Marfil, que fueran devueltas a Marruecos desde Melilla sin los debidos procedimientos el pasado 13 de agosto de 2014, AI declara:
Ante la sentencia de hoy del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que ratifica que las expulsiones en caliente son ilegales, tal y como ha denunciado Amnistía Internacional en numerosas ocasiones, y que se produce en respuesta a la denuncia interpuesta ante el TEDH por que dos personas migrantes de Malí y de Costa de Marfil, que fueran devueltas a Marruecos desde Melilla sin los debidos procedimientos el pasado 13 de agosto de 2014, AI declara: 
"Esta condena confirma las prácticas ilegales que se están produciendo en la frontera española con Marruecos y que llevamos denunciando desde 1995. Desde entonces, miles de personas han sido expulsadas de manera ilegal, corriendo el riesgo de ser sometidas a tortura y malos tratos", asegura Esteban Beltrán, director de AI España.

"Esta violación de derechos humanos ha durado demasiado: es necesario que el gobierno ponga fin de una vez por todas a las expulsiones en caliente. Ninguna persona debe ser expulsada de una manera directa o indirecta y sin los debidos procedimientos individualizados a un lugar donde su vida, su integridad o su libertad puedan correr peligro”, sigue Beltrán.

La organización exige que se revisen las disposiciones que regulan el rechazo en frontera, tanto de la Ley de Extranjería como de la Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana.

Más información
Amnistía Internacional, junto con las organizaciones ECRE, AIRE y la Comisión Internacional de Juristas, presentaron un informe ante el TEDH, en el que aseguran que las expulsiones en caliente incumplen el artículo 4 del Protocolo número 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ya aque obligan sumariamente a un grupo de inmigrantes a cruzar la frontera de vuelta sin cumplir con los procedimientos establecidos en la ley nacional vigente y diferentes normas internacionales, tales como que se tomen en cuentan sus circunstancias individuales, que accedan a intérpretes y asistencia jurídica, así como información sobre los procedimientos legales a su disposición, entre ellos el asilo.

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