- Su aplicación es la siguiente: 1.- Desestimación de las candidaturas con menos del 5% de votos respecto al total de votos. 2.- Entre las candidaturas que superen el 5% de votos respecto al total, se dividen los votos obtenidos por cada candidatura entre 1, 2, 3, 4... y así hasta el número de concejales a elegir. 3.- Se clasifican los cocientes obtenidos en orden decreciente, y se atribuyen los concejales al partido correspondiente a cada cociente, hasta completar el número total de concejales a asignar.
La otra característica del sistema es la votación mediante listas completas, cerradas y bloqueadas. ¿Qué quiere decir esto? Básicamente significa que votas a la candidatura, no a las personas. Votas además a una única candidatura, de la que no puedes determinar ni su orden ni su composición.
La ley determina también el número de concejales por municipio en función del número de habitantes censados.
En el caso de Alhaurín de la Torre la ley determina que cuente con 21 concejales, pues su población censada está entre 21.500 y 50.000 habitantes.
Haciendo un poco de política ficción, he calculado cómo quedaría la composición de la actual corporación si usáramos criterios puramente proporcionales:
PP: 12, PSOE: 5, IU: 2, PSA:1, PA:1 (Total: 21 concejales) Recordemos que según el actual sistema la corporación quedó así: PP: 14, PSOE: 5, IU: 2 (Total: 21 concejales) Podemos también calcular cuántos votos le ha costado a cada partido cada uno de sus concejales. Esto lo hacemos dividiendo el número de votos obtenidos por el número de concejales electos de cada formación:
PP: 452,14 Votos/concejal PSOE: 481,8 votos/concejal IU: 607,5 votos/concejal
Vemos cómo cuanto más votos tiene una formación, más “barato” le cuesta conseguir un concejal. |