
El Boja número 147 de 2 de agosto de 2017 por medio de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, publica la Orden de 27 de de julio de 2017 por la que se modifica la Orden de 5 de junio de 2015, por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se publican los periodos hábiles de caza para la temporada 2017=2018.
Las modificaciones son mínimas pero importantes y desde mi opinión las novedades más importantes son:
1. Solo se podrán cazar los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico desde el primer domingo del período comprendido entre el 12 de noviembre y el 4 de febrero, y en la zona costera de Cádiz, definida en el Anexo I de la presente orden, desde el primer domingo comprendido entre el 15 de octubre y el 4 de febrero.
«Artículo 10. Ciervo, gamo, muflón, jabalí y cabra montés.