Entrada en vigor del Real Decreto 542/ 2016, de 25 de noviembre, sobre
normas de Sanidad y protección animal sobre el transporte. | | Francisco Pérez Ríos. 31.01.17 | |
 El BOE número 297 de 9 de diciembre de 2016 publico el Real Decreto 542/2016 sobre normas de Sanidad y protección animal durante el transporte a la cual por su importancia adjunto un enlace ya que está en vigor a partir del 26 de enero del 2017. Son muchas las Leyes y Decretos que se están promulgando y entrando en vigor en nuestro país, en definitiva el presente Real Decreto viene regulado por la Unión Europea con los requisitos de bienestar animal que se han de cumplir cuando se transportan animales vivos en relación con una actividad económica. No obstante es importante conocerlo aunque no afecte a los animales de compañía y otros animales en los cuales su traslado no sean actividad económica, de ellos me quedo con parte del artículo tercero por considerarlo interesante: |
3. Solo serán de aplicación las autorizaciones previstas en los artículos 5 y 6, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, a los siguientes movimientos: a) Al transporte de animales realizado por ganaderos que utilicen vehículos agrícolas o medios de transporte que les pertenezcan en casos en que las circunstancias geográficas exigen un transporte para la trashumancia estacional de determinados tipos de animales. b) Al transporte que realicen los ganaderos de sus propios animales, por sus propios medios de transporte, a una distancia de su explotación inferior a 50 km. c) Al transporte de animales de compañía, según se definen en el artículo 3.3 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, cuando el transporte no se efectúe en relación con una actividad económica. Destacar en el artículo 5 apartado 7, que la autoridad competente podrá establecer un régimen simplificado de autorización cuando se trate del traslado de 15 colmenas o de la trashumancia de estas, una actividad desde mi punto de vista muy extendida pero muy poco controlada en el aspecto de señalización de las mismas. En definitiva un Real Decreto difícil de entender a primera vista, pero que nos puede dar un disgusto en su actividad en cuanto a sanciones.
https://www.boe.es/boe/dias/2016/12/09/pdfs/BOE-A-2016-11708.pdf |
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