
Nueva posibilidad para los consumidores. Los gastos pagados por la escritura de hipoteca, cuando se ha solicitado un préstamo hipotecario han de ser devueltos por los bancos. Una reciente sentencia del TS ha determinado que la cláusula que introducen los bancos en las escrituras de hipotecas por la cual los clientes son los que pagan los gastos de la escritura de hipoteca es nula de pleno derecho.
El TS declara nula es cláusula por abusiva. Siempre en todas las hipotecas ha sido el cliente el que ha pagado los gastos de otorgamiento de la escritura de hipoteca; por lo que ahora gracia a esta sentencia se pueden reclamar los mismos al Banco que concedió la hipoteca.
Es una cláusula abusiva, como la cláusula suelo. Esta reclamación de devolución de los gastos pagados por la escritura de hipoteca lo pueden pedir todos los hipotecados. Los que tienen la hipoteca en vigor, sin ningún problema. Pero además quién ya haya pagado la hipoteca tiene un plazo de cuatro años desde que terminó el último pago.
¿Qué gastos se pueden reclamar?