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Modificación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico. | | Francisco Pérez Ríos. 27.10.16 | |  El Boja número 206 de fecha 26 de octubre del 2016 pública la Resolución de 17 de octubre de 2016 de la Dirección General de Actividades y Promoción del Deporte, por la que se dispone la modificación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico, a la cual se realiza un enlace para los lectores de Alhaurin. Com., y deportistas que practican este deporte. Alhaurin de la Torre no sólo posee el Campo de Tiro de Jarapalos de propiedad particular uno de los mejores de España, también la cancha Municipal de Tiro al Plato en Torrealqueria, igualmente existen numerosos deportistas independientes que practican el deporte de Tiro Olímpico en diversas modalidades, de ahí la importancia de la modificación de los citados Estatutos de la Federación Andaluza. Personalmente aunque he practicado el tiro asiduamente debido a mi profesión, nunca lo he realizado como deportistas, permitiéndome destacar de la nueva modificación los siguientes artículos: | Artículo 1. Denominación y miembros que la integran. 1. La Federación Andaluza de Tiro Olímpico, cuyas siglas son FATO, es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, plena capacidad de obrar y patrimonio propio e independiente del de sus asociados, en ella se encuentran integrados: los clubes deportivos, deportistas, Técnicos-Entrenadores, Jueces-Árbitros; para la práctica, promoción y desarrollo del deporte del tiro en sus diversas especialidades y pruebas. 4. En la Federación Andaluza de Tiro Olímpico, no se permitirá ningún tipo de discriminación entre sus miembros por razón de nacionalidad, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La Federación Andaluza de Tiro Olímpico promoverá la paz y la concordia en el deporte, preservando el juego limpio, la convivencia y la integración en una sociedad democrática y pluralista, así como los valores humanos que se identifican con el deporte, y se implicarán activamente en la erradicación de la violencia, el racismo, la intolerancia y la xenofobia en el deporte. Artículo 8. Tarjetas provinciales de festejos. 1. Con el fin de promocionar el deporte del tiro al plato en nuestra comunidad, se habilita esta tarjeta que, con un canon reducido, habilitará para la práctica del tiro al plato en las tiradas de festejos, dentro de la provincia en que se emite. Para poder practicar otras especialidades y/o pruebas, participar en actividades de ámbito provincial o territorial y poder participar en el proceso electoral de la Federación Andaluza de Tiro Olímpico por el estamento de deportistas, se deberá expedir la licencia de deportista correspondiente. Artículo 32. Auditorías. 1. La Federación Andaluza de Tiro Olímpico deberá someterse, cada dos años como mínimo o cuando la Dirección General de Actividades y Promoción Deportiva lo estime necesario, a auditorías financieras y de gestión sobre la totalidad de sus gastos o, en su caso, a verificaciones de contabilidad. 00100872 2. Los informes de dichas auditorías se remitirán a la Dirección General anteriormente señalada. http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/206/BOJA16-206-00022-18546-01_00100872.pdf |
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