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Programa de ayudas a la contratación de personas expuestas a la exclusión social
Francisco Pérez Ríos. 16.05.16 
El BOJA número 88 de 11  de mayo de 2016, por medio de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales publico la Orden de 6 de mayo de 2016 por la que se establece  la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales de más de 20.000 habitantes para la financiación  de los servicios sociales comunitarios en Andalucía correspondiente al ejercicio 2016, al cual se realiza un enlace.
Una Orden digna de conocer por todos los andaluces y en especial por los alhaurinos por la sensibilidad de la Junta de Andalucía  en ayudas para servicios sociales  y para las cuales el  Ayuntamiento  de Alhaurin  de la Torre le ha correspondido 176.853´20 euros.
El Decreto- Ley 7/2013 de 30 de abril, de medidas extraordinarias para la lucha contra la exclusión social en Andalucía regula en sus artículos 8º y 9º las preferencias para  su adjudicación.
De acuerdo  con el citado Decreto-Ley  da prioridad a distintas situaciones todas ellas muy especiales y que precisan atención preferente, pero también  no es menos cierto que existen otras personas en situación de exclusión social que no se encuentran recogidas como pueden ser: Aquellos jóvenes que viven con sus padres, que llevan muchos años en el paro, que no llegan a los 50 años, que no cobran nada, que subsisten  gracias a su familia, que en su mayoría tienen estudios universitarios finalizados e incluso infinidad de cursos realizados  por la Junta de Andalucía y otras entidades sociales durante años, que aunque le den de comer y le ayude la familia  su exclusión social al carecer de trabajo es también digna de tener en consideración , ya que al no estar incluidos ni tener preferencias pueden no tener trabajo en toda su vida, ya que en todos los programas tienen preferencia y ocupan  los puestos  los que reúnan las características reflejadas  en dichos artículos y trabajar todos los años por el tiempo que le contraten.
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/88/BOJA16-088-00006-8426-01_00090971.pdf

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