
Los miles de afectados por las cláusula suelo de las hipotecas, tienen la oportunidad de ELIMINAR dicha cláusula mediante la interposición de la correspondiente demanda judicial. Esta cláusulas están incluidas de manera encubierta y poco clara.
Pero no es recomendable instar una demanda colectiva por cuanto la anulación de la cláusula suelo va a depender del análisis y valoración relativo a la información concreta y especifica que el Banco ha facilitado a cada cliente respecto a la expresada cláusula de su hipoteca, lo que implica que solo será anulada si en ese caso concreto, el Tribunal determina que dicha información ha sido insuficiente y que el cliente desconocía la trascendencia de dicha cláusula.
El cliente ha de acudir a los Tribunales con todas las posibilidades de éxito por haberse enterado de la existencia y del funcionamiento de la cláusula suelo, no en el momento de firmar su hipoteca, sino en el momento en que el Banco comenzó a cobrarle el sobreprecio, sobre el tipo de interés más el diferencial pactado. Por ello es el momento de anular la citada cláusula suelo. Pero nuestro despacho no sólo plantea esta cuestión como antes se ha indicado sino que también acumulada a la demanda de nulidad de cláusula suelo se plante la demanda de reclamación de las cantidades cobradas de más. Es decir, no sólo se elimina la cláusula para el futuro con el ahorro que ello supone, y la disminución en la cuota hipotecaria a pagar, sino lo que es también importante sino que solicitamos la devolución de las cantidades cobradas de más por aplicación de estas cláusula.