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Ramón Guanter Concejal de UPyD denuncia en el Juzgado de Instrucción de Málaga, la violación de derechos fundamentales por parte del alcalde y presidente del pleno de Alhaurín de la Torre.
Ramon Guanter. 29.10.13 
Tras los acontecimientos ocurridos en el pasado pleno ordinario del 18 de octubre en el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, con la prohibición por parte del presidente del mismo al concejal de UPyD, Ramón Guanter inicia las acciones legales oportunas para que no vuelva a ocurrir lo que considera una "violación de sus derechos fundamentales"
Los hechos en los que se basa la denuncia son los siguientes:
El pasado día 18 de Octubre de 2013 se celebró Sesión Ordinaria del Pleno de la Corporación del Excmo. Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre al objeto de tratar los asuntos comprendidos en el Orden del Día

Llegado el punto de ruegos y preguntas y correspondiendo por turno tomar la palabra al Concejal de UPyD en el Excmo. Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, el Sr. Villanova le prohibió reiteradamente tomar la palabra, impidiéndole formularle preguntas; preguntas que previamente ya se habían realizado por escrito los días 03/10/2013 y 04/10/2013 con números de Registro de Entrada 11213 y 11310, respectivamente, ordenándole callar y negándose igualmente, sin motivarlo, a responderlas, manifestando literalmente el Alcalde y Presidente del Pleno, Sr. Villanova, dirigiéndose al Sr. Guanter; "eres un cobarde” "no tienes lo que hay que tener para llevarme a los juzgados"

Que la actitud del Alcalde y Presidente del Pleno, el Sr. Villanova, impide claramente el control y fiscalización de los órganos de gobierno, al no permitir que el concejal de UPyD tomara la palabra y formulara preguntas en el apartado de Ruegos y Preguntas contemplado en la Orden del Día de la Sesión Ordinaria del Pleno de 18 de Octubre de 2013.

Que los hechos relatados constituyen un delito cometido por funcionarios públicos contra las garantías constitucionales y, en concreto, un delito contra un derecho individual previsto en el Código Penal en su art. 542.
La actitud del Sr. Villanova en su condición de Presidente del Pleno vulnera el artículo 23.2 de la Constitución Española al impedir el ejercicio del derecho a participar en los asuntos públicos durante el Pleno al citado al Concejal D. Ramón Guanter Bruixola.

Que tambien se vulneran los artículos 22.2.a y 46.2.e de la Ley de Bases de Régimen Local y los artículos 12.1 y 97.7 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Que el Alcalde es un órgano de gobierno y las preguntas citadas dirigidas a él, de fecha 03/10/2013 y 04/10/2013, de control y fiscalización, son procedentes, tanto por su contenido como por su destinatario, en virtud de las atribuciones que le confieren al Alcalde, D. Joaquín Villanova, el art. 20 y el art. 21, apartados a),d),f),j),l),n),o),q),r),s) de la Ley de Bases de Régimen Local.

Por todo ello, el Concejal magenta ha acudido a los tribunales en defensa de sus derechos.

Oficina de prensa y comunicación.
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