Está previsto que la semana próxima se remita toda la documentación dicha dirección general para el inicio de este procedimiento.
Se ha realizado un estudio de los suelos que constituyen el antiguo Campamento Benítez y, ante la gran demanda ciudadana que incide en la idoneidad de los terrenos para la construcción de un Parque Metropolitano, se concluyen posibles actuaciones que suponen la creación de un parque “exclusivo, singular y representativo”.
Aunque en una primera fase el Consistorio llevará a efecto un Plan de acondicionamiento, mejora y restauración paisajística de los terrenos del Campamento Benítez para Parque Metropolitano, para lo cual existe dotación presupuestaria de un millón de euros, la idea general para el futuro es dotar al área metropolitana de Málaga de un “PARQUE DEL MEDITERRÁNEO” en el que tengan cabida ecosistemas representativos de hábitats de macrobioclima mediterráneo del mundo. Esta configuración permitirá la reproducción de ecosistemas y representarán un valor añadido que, con aspectos didácticos, será un complemento del patrimonio botánico de la ciudad.
Se incluye en el expediente aprobado una memoria explicativa de los fines de utilidad pública (que se adjunta en esta nota). Asimismo, se indica que existe una dotación presupuestaria de 1.000.000 euros para una primera aportación con destino a las obras de adecuación indicadas. En cuanto al procedimiento resulta de aplicación la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, cuyos artículos 145 y siguientes regulan la Cesión Gratuita de Bienes o Derechos y dispone: “Artículo 145 Concepto 1. Los bienes y derechos patrimoniales de la Administración General del Estado cuya afectación o explotación no se juzgue previsible podrán ser cedidos gratuitamente, para la realización de fines de utilidad pública o interés social de su competencia, a comunidades autónomas, entidades locales, fundaciones públicas o asociaciones declaradas de utilidad pública. Artículo 146 Competencia 1. La cesión de bienes de la Administración General del Estado se acordará por el Ministro de Hacienda, a propuesta de la Dirección General del Patrimonio del Estado y previo informe de la Abogacía del Estado. Artículo 148 Vinculación al fin 1. Los bienes y derechos objeto de la cesión sólo podrán destinarse a los fines que la justifican, y en la forma y con las condiciones que, en su caso, se hubiesen establecido en el correspondiente acuerdo. Artículo 149 Procedimiento 1. La solicitud de cesión gratuita de bienes o derechos del patrimonio de la Administración General del Estado se dirigirá a la Dirección General del Patrimonio del Estado, con indicación del bien o derecho cuya cesión se solicita y el fin o fines a que se destinará, acompañado de la acreditación de la persona que formula la solicitud, así como de que se cuenta con los medios necesarios para el cumplimiento de los fines previstos. 2. La solicitud de cesión gratuita de bienes o derechos propios de los organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado se dirigirán a éstos, con iguales menciones a las señaladas en el apartado anterior.”
MEMORIA EXPLICATIVA DE LOS FINES DE UTILIDAD PÚBLICA - PARQUE METROPOLITANO “CAMPAMENTO BENÍTEZ”
El Campamento Benítez está calificado en el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Málaga aprobado mediante Decreto 308/2009 de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía de fecha 21 de julio de 2009, y publicado en el BOJA nº 142, de fecha 13 de julio de 2009 (POTAUM) como EQ.4 “Parque de interpretación del Transporte y la Obra Pública”.
Como tal, el PGOU de Málaga vigente que ha sido aprobado definitivamente, de manera parcial, por Orden de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, de 21 de enero de 2011 y publicada su Normativa en el BOJA nº 170 de 30 de agosto de 2011 de acuerdo con los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación urbanística de Andalucía lo ha calificado calificó como Sistema General de Interés Territorial (SGIT y SGIT-BM.1), de Equipamientos “Parque Campamento Benítez”.
Tras estudio de las casi 26 Ha de terreno, sus características y, ante la gran demanda ciudadana que inciden en la idoneidad de los terrenos para la construcción de un Parque Metropolitano, se ha realizado un estudio sobre posibles actuaciones cuyos objetivos difieren de los grandes parques aristocráticos, sin embargo, supone la creación de un parque “exclusivo, singular y representativo”.
Aunque en una primera fase el Ayuntamiento de Málaga llevará a efecto un Plan de acondicionamiento, mejora y restauración paisajística de los terrenos del Campamento Benítez para Parque Metropolitano, para lo cual existe dotación presupuestaria, la idea general para el futuro es dotar al área metropolitana de Málaga de un “PARQUE DEL MEDITERRÁNEO” en el que tengan cabida ecosistemas representativos de habitats de macrobioclima Mediterráneo del mundo.
Esta configuración permitirá la reproducción de ecosistemas y representarán un valor añadido que, con aspectos didácticos, será un complemento del patrimonio botánico de la ciudad, uniéndose a un valor potencial que nos permitirá disfrutar todo el año de la noche a la mañana, de un manantial de naturaleza en un rincón de la ciudad que proporcionará una inversión de futuro, de alta durabilidad y fácil mantenimiento.
Como Parque metropolitano, de conformidad con la normativa y planificación territorial y urbanística vigente, y los fines a los que se destinará coinciden con los usos que la citada normativa y planificación legitima, que serán concretados en el proyecto o Plan de acondicionamiento que se apruebe.
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