Jose Miguel Gálvez Coronado. Con este concurso se pretende poner en valor la visión de los jóvenes sobre la localidad de Alhaurín de la Torre, no tratando de ser un concurso de “foto denuncia”, destacando sobre todo los aspectos positivos de nuestro pueblo. 1. Participantes: Podrán participar las personas físicas, entre 13 y 35 años y residentes en la provincia de Málaga, sin importar su nacionalidad. La participación en este concurso supone la total aceptación de estas bases. 2. Tema: Las fotografías deberán adecuarse al tema y contenidos del concurso visión de los jóvenes de la localidad. El comité organizador del concurso se guarda el derecho de aceptación de las obras según se adecuen o no a la temática del concurso. 3. Envío de las obras: Los participantes deberán cumplimentar el formulario de datos en la Casa de la Juventud, adjuntando las fotografías.
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Cada participante podrá enviar un máximo de 3 obras. Con el siguiente formato: Formato analógico: Diapositiva, negativo o copia de suficiente calidad con un tamaño superior a 20x25 cm. Formato digital: Archivo original con la máxima resolución posible.
Las fotografías deberán ser inéditas. 4. Plazos El plazo de recepción de las fotografías será desde el día de publicación de estas bases hasta el domigo 5 de noviembre 2006. 5. Selección de obras De las obras recibidas en plazo, el comité organizador seleccionará las obras finalistas que se expondrán en la Casa de la Juventud del 10 al 12 de noviembre.
Las obras no seleccionadas serán devueltas a sus propietarios.
La organización de “Sonámbulos” se pondrá en contacto con los autores de las obras seleccionadas, para asistir al fallo del jurado. 6. Exposición de las obras seleccionadas Las obras seleccionadas se expondrán en la Casa de la Juventud. 7. Comité de organización y Jurado El Comité de organización está formado por representantes de la delegación de Juventud, de la Asociación Juvenil de Monitores “Eo, Eo” y de algún fotógrafo profesional. 8. Premios: 1er premio: premio valorado en 100€ 2º premio: premio valorado en 75€ 3er premio: premio valorado en 50€ 9. Derechos patrimoniales de explotación de las fotografías seleccionadas como finalistas y de las premiadas De conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, el AUTOR, sin perjuicio de los derechos morales que le corresponden, cede a la organización con carácter de exclusiva y con la facultad de cesión a terceros, los derechos patrimoniales de explotación de las fotografías finalistas del presente concurso. Dicha cesión en exclusiva atribuye a la organización de “Sonámbulos” la facultad de explotar las fotografías con exclusión de cualquier otra persona, comprendido el propio AUTOR. La organización de “Sonámbulos” se compromete a ejercitar los derechos de explotación conforme a los buenos usos y con estricto respeto en todo caso de los derechos morales del AUTOR. Los derechos patrimoniales de propiedad intelectual cedidos por el AUTOR en exclusiva a la organización de “Sonámbulos”, comprenden la explotación por sí o por terceros de las fotografías en cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad existentes y/o conocidos o no en la actualidad, con carácter gratuito o mediante contraprestación, y en particular los siguientes derechos: El de divulgación y publicación, entendiéndose por ellos el derecho de hacer accesible o poner a disposición del público por primera vez las fotografías. El de reproducción directa o indirecta, entendiéndose por tal el derecho de fijar o de hacer fijar las fotografías en todo o en parte, con carácter provisional o permanente sobre cualquier soporte o formato y por cualquier sistema o procedimiento que permitan su comunicación y/o la obtención de copias de la totalidad o de partes o fragmentos de ellas. La digitalización de las fotografías, en su caso, así como el almacenamiento en forma digital en un soporte electrónico, tendrán la consideración de acto de reproducción. El de distribución, entendiéndose por tal derecho la puesta a disposición del público del original, copias o reproducciones de las fotografías que puedan ponerse en circulación como objetos tangibles en cualquier soporte o formato y por cualquier sistema o procedimiento mediante su venta, alquiler, préstamo o cualquier otra forma de transferencia temporal o definitiva de la propiedad, posesión o uso para cualquier finalidad lícita. El de comunicación pública, entendiéndose por tal derecho todo acto que en cualquier soporte o formato y por cualquier sistema o procedimiento permita que una pluralidad de personas pueda tener acceso a las fotografías sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas, de forma gratuita, mediante abono o suscripción, exigiendo o no el pago de un precio de entrada, o mediante cualquier otro sistema de acceso libre o condicional. Este derecho incluye expresamente la facultad de incorporar las fotografías a una base de datos. Los derechos cedidos con carácter de exclusiva en virtud del presente contrato hasta el paso a dominio público de las fotografías y para su explotación en todo el mundo. |