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Sentencia del Tribunal Supremo declarando nulo el PPO de la Calera
Ver sentencia en pdf enviada por el abogado Galán Palmero
Izquierda Unida de Alhaurin de la Torre. 20.05.13 
En el 2011 el TSJA declaró nulo el Plan Parcial de la Calera  por un Contencioso Administrativo presentado por el grupo municipal de IU ante las graves y numerosas ilegalidades detectadas durante su tramitación en este Ayuntamiento. El equipo de gobierno presidido por Joaquín Villanova recurrió al TS que ahora ha sentenciado dando la razón a Izquierda Unida, declarando nulo dicho PPO sin posibilidad de recurso alguno.

El caso se remonta al mes de noviembre de  2003- cuando se llevó a Pleno por primera vez esta actuación urbanística que está ligado al entubado del Arroyo El Gato por un convenio urbanístico. El grupo municipal de IU presentó doce alegaciones, de las cuales la mitad se referían a la necesidad de determinar con exactitud el dominio público hidráulico ya que a nuestro parecer se invadía como en tantos otros casos, la obligatoriedad de  figurar la Confederación Hidrográfica del Sur (CHS) como titular de la propiedad del arroyo que en la memoria no aparecía como propietario del sector. Máxime cuando en el  plan  estaba previsto sobre las parcelas de protección del arroyo, parcelas destinadas a equipamiento.

El resto de alegaciones señalaban otro tipo de irregularidades como las dificultades de la portavoz del grupo para acceder al expediente o de obtener copias (algunos informes tuvo que copiarlos a mano y los referidos al entubado del arroyo no hubo manera), el exagerado aumento del  número de viviendas con respecto a las autorizadas por la ficha del sector y la cantidad ridícula (3000 euros en total por 85 viviendas de más) que el departamento de urbanismo le pretendía cobrar al promotor  en concepto del  mayor aprovechamiento de los servicios e infraestructuras municipales. También alegamos contra la reducción de la anchura de calles con el fin de aumentar el número de viviendas, práctica habitual en todo lo aprobado durante esos años en el municipio.
También era práctica habitual del PP rechazar todas nuestras alegaciones, aunque a veces en la Comisión Provincial eran tenidas en cuenta y se requería al Ayuntamiento que rectificase o subsanase  esas deficiencias. Esto no lo van a reconocer en público nunca, porque no se limitaban a rechazar y punto, no. Las intervenciones del concejal de urbanismo por aquel entonces Gerardo Velasco, el alcalde y alguno más en contra de nuestra labor de fiscalización  estaban plagadas de insultos y  vejaciones para desviar la atención y que  no se hablara de estas irregularidades.
 Pese a ser rechazadas en la aprobación provisional nuestras  alegaciones y votos particulares, en enero 2004  el equipo de gobierno admitió dos propuestas de las nueve que presentamos:  una, solicitar a la CHS y a la Junta de Andalucía el deslinde   para garantizar que no se invadan cauces, zonas de protección de los arroyos o realengas y cañadas reales, y  otra cobrar a los promotores a partir de entonces una cantidad en torno a los 4000 euros por cada viviendas de más, haciendo constar nuestro desacuerdo con esta práctica de aumentar la edificabilidad.
Durante la primera mitad del 2004 el PPO del sector UR-CA-01, la calera, se llevó a Comisión Informativa de urbanismo varias veces y en todas ellas IU dictaminó en contra señalando las irregularidades y especialmente la falta de un informe preceptivo de Confederación autorizando las actuaciones sobre el Arroyo el Gato. En alguna de estas comisiones nuestra portavoz advertía de esta ilegalidad.  Finalmente el PP decide llevarlo a pleno sin este informe, basándose en uno firmado por el arquitecto municipal y otro técnico del departamento, lo que obliga a Izquierda  Unida  a presentar unos votos particulares advirtiendo a técnicos y concejales de  las consecuencias civiles y penales de aprobar una actuación urbanística a sabiendas de su ilegalidad. También anunciamos que  de llevar a cabo su aprobación definitiva no teníamos más remedio que acudir a los Tribunales de Justicia. Después de insultarnos e intentar callarnos lo aprobaron el 5 de agosto de 2004.
Nuestro grupo cumplió lo anunciado y encargamos a nuestro abogado Francisco Galán Palmero interpusiese en nuestro nombre un Contencioso Administrativo que ha acabado en el Tribunal Supremo y dando la razón a nuestra formación política.
Todo lo relatado está documentado en las actas de pleno que son públicas y en la sentencia que se adjunta del 7 de mayo de 2013.

Encarnación Ruiz Fernández

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