Como no es posible que en una democracia razonable haya dos leyes diferentes sobre el mismo asunto -aunque el PSOE y su prensa amiga digan que sí-, ambas iniciativas estaban condenadas a refundirse en una propuesta única, que es lo que aprobamos el martes 2 de abril. Ahora sólo somos una ponencia y toca al ponente, el grupo del PP, presentar la suma de ambos proyectos en un texto único que será debatido, enmendado y votado tanto en su conjunto como enmienda por enmienda. Lo que significa que, dada la mayoría absoluta de que goza el Partido Popular, está en su mano aceptar o rechazar las abundantes enmiendas de todo tipo (muchas son parecidas y pueden refundirse sin dificultad) presentadas por todos los grupos a una o ambas iniciativas.
Si el PP demuestra ahora más inteligencia que la escasa empleada en lo que va de legislatura, y dada la importancia política y la repercusión social de los desahucios hipotecarios, intentará aceptar las enmiendas más razonables, aquellas que se proponen dos metas: resolver el problema de la deuda hipotecaria impagable por causas sobrevenidas, para lo cual la dación en pago es una opción pero no la única y, en segundo lugar, incorporar a la legislación la sentencia del TJUE. Esta, contra lo proclamado por el birrioso periodismo dominante, no dice que el sistema hipotecario sea ilegal, sino que las hipotecas que incluyan cláusulas abusivas que incumplen las leyes europeas de protección del consumidor podrían ser declaradas nulas.
Recapitulemos: el problema de fondo del sistema hipotecario español radica en que si bien ha servido para conceder millones de hipotecas inmobiliarias accesibles, pero de responsabilidad ilimitada -lo cual significa que la deuda es eterna si no se paga-, es durísimo con el deudor que, por lo que sea, no pueda hacer frente al pago de sus cuotas. El acreedor puede iniciar la ejecución del lanzamiento hipotecario con sólo una cuota impagada y con elevadísimos intereses de demora -una penalización usuraria- que afectan a todo el principal de la deuda y no sólo a lo que falta por pagar, por lo que el deudor se queda sin casa y con una deuda enorme que le persigue hasta la tumba. Esto es lo que debe acabarse, porque es un abuso.
Conviene recordar que la dación en pago consiste en que el deudor pueda entregar la casa al banco y liquidar la deuda, pero también se queda en la calle. Es una solución parcial pues no garantiza el derecho a la vivienda si la casa entregada en pago de la deuda es la vivienda habitual (ignoramos cuántos desahucios de este tipo se producen). Por tanto, no es la panacea justiciera que algunos han querido vender a la opinión pública. Es una opción legítima y necesaria… entre otras más.
¿Hay otros modos de resolver el problema conservando la propiedad de la casa? Porque muchas familias preferirían negociar una moratoria del pago, una reducción de la cuota o un acuerdo de anticresis, una especie de alquiler que permite descontar de la deuda lo pagado a título de intereses, conservando la propiedad.
La idea dogmática de que la dación en pago es la única solución al doble problema de la deuda contraída y del derecho a la vivienda, porque la dación en pago mantiene de hecho el uso de la vivienda como “alquiler social” (en realidad, ese alquiler siempre será privado), contradice las reglas del mercado de dinero en el que pedimos créditos o esperamos que no los den. Por supuesto, es legítimo estar en contra del mercado libre y defender un sistema socialista; lo deshonesto es ocultar lo que se pretende, explotando en beneficio de un proyecto político de Estado socialista un drama social.
Si uno desea cargarse el sistema de libre mercado y que nadie preste dinero a nadie para comprar inmuebles, adelante, esa solución, que es inherente a la ILP, es perfecta, pero no para resolver el problema de los desahucios sino para convertirlo en un problema diferente: el cambio de sistema. Considero mucho peor un modelo donde sólo puedan comprar casas los millonarios y los demás dependan de una banca nacionalizada convertida en agencia inmobiliaria dependiente del Estado. Un modelo de tipo cubano, donde la vivienda digna sigue siendo una aspiración para los muchos que no tienen dólares.
Si desechamos la retroactividad universal de la dación en pago, ¿cómo se puede solucionar el problema de los que han visto ejecutada su hipoteca y están en la calle, sin casa y con deuda? Una vía abierta es aplicar la sentencia del TJUE ampliando la legislación que protege al deudor. En nuestro caso, cambiando la Ley de Enjuiciamiento Civil, de modo que cualquier persona amenazada de ejecución hipotecaria, o que ya la haya sufrido, pueda presentar una demanda en un juzgado solicitando la paralización o revisión del proceso.
Si su hipoteca tenía cláusulas abusivas podría ser anulada y sustituida por un contrato hipotecario diferente impuesto por el tribunal. Y ante un panorama semejante, los bancos estarían mucho más interesados en negociar que en desahuciar.
La otra vía, alternativa y a la vez complementaria, es cambiar la Ley Concursal para que los deudores privados puedan acogerse a un concurso de acreedores semejante al que disfrutan las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, lo que significa que la deuda se liquida con la entrega de los bienes del deudor a los acreedores: es la forma de dación en pago y fresh start que propusimos ya en marzo de 2012, y que por supuesto mantenemos en nuestra enmiendas a la Ley del Gobierno.
Como ven, es un problema complejo pero con soluciones legales no demasiado intrincadas. Lo que impide un arreglo que debería haberse comenzado a resolver hace años -por ejemplo, en el 2008 y de nuevo en 2012, cuando el Congreso aprobó una PNL de UPyD para acabar con los intereses abusivos de demora, sin que ni PSOE antes ni PP ahora hicieran nada-, son dos posturas inmovilistas nefastas. Por una parte, la del PP que el PSOE compartió sin fisuras todos estos años: considerar que el sistema hipotecario español es perfecto y no necesita de arreglos ni cambios de ningún tipo; antes porque venía muy bien a la burbuja inmobiliaria, y ahora porque la banca y los promotores tienen terror a los cambios.
Por la otra, la recién descubierta con entusiasta oportunismo por el PSOE a la deriva, consistente en ignorar la seguridad jurídica y las reglas del mercado e imponer a la banca (esa encarnación del mal, salvo cuando eran las Cajas de Ahorro que ellos también saquearon) que se quede con cualquier inmueble cuyo propietario no pueda pagar el crédito o le resulte muy gravoso hacerlo, pues al fin y al cabo se le garantiza el disfrute de la casa con un “alquiler social” de cinco años al 30% de sus ingresos. Un trato envidiable para quienes viven de alquiler y pagan mucho más o deben compartir la vivienda ( la ILP tampoco se ocupa de los desahucios por alquiler impagado).
Tenemos pues a la vista una nueva oportunidad para legislar una solución realista y práctica al enorme problema creado por el estallido de la burbuja inmobiliaria y la crisis económica. Me gustaría mucho equivocarme, pero todo indica que el PP pretenderá salir del apuro con retoques menores -el inútil Código de Buenas Prácticas- referentes al aumento de la tasación del valor de la vivienda, la rebaja de los intereses de demora y mayor control de las subastas y tasaciones, más la inevitable reforma obligada por la sentencia del TJUE. Y también todo indica que PSOE e IU han encontrado en una ILP cuyos obvios defecto jurídicos y consecuencias políticas se niegan a ver -o desean ver en práctica- un confortable búnker donde parapetarse contra las inclemencias de la realidad y contemplar el fascismo de los escraches que encuentran justificados contra sus rivales. Por nuestra parte, insistiremos en los argumentos ya conocidos y no apoyaremos ninguna ley que no garantice una segunda oportunidad para los deudores hipotecarios insolventes, sea por la vía de la Ley Concursal o por la de la Ley de Enjuiciamiento Civil, o por cualquier otra similar -hay más alternativas- que incentive la renegociación de una hipoteca, o la dación en pago, o acogerse a cualquier otra fórmula de fresh start con un resultado semejante: una nueva oportunidad para el deudor de rehacer su vida económica y disfrutar de una vivienda. La incógnita se resolverá pronto. |