Podíamos decir que nos han colado un suplemento al “medicamentazo”, a través del cual, se equiparan, en lo referente al co-pago sanitario, los medicamentos recetados en consultas externas con los recetados para su dispensación a través de farmacia hospitalaria (medicamentos de uso hospitalario).
¿Cuales son los medicamentos de uso hospitalario?
Son aquellos que requieren para su prescripción la atención de un equipo multidisciplinar, y que una vez prescritos solo se dispensan en los servicios de farmacia del hospital. Esto afecta muy especialmente a medicamentos para el tratamiento de enfermedades crónicas y de gran impacto en la salud de los ciudadanos.
El copago ahora alcanza al colectivo de enfermos más vulnerables, llegando incluso a impedir el acceso de éstos a medicamentos de elevado precio e imposible de sustituir por otros tratamientos, como es el caso de muchos medicamentos utilizados para el tratamiento de enfermedades poco frecuentes.
No puedo dejar pasar la oportunidad que me ofrece este medio para poner en conocimiento esta parte más desconocida del Decreto-Ley que nos ocupa, no por afectar a una minoría de la población deja de ser importante, y mucho menos cuando se trata de salud, aquello de “mientras a mi no me toque” es muy útil para colarnos por la puerta de atrás ciertas medidas, el problema será cuando nos toca. |