logo

Tu diario. Libertad de expresion

Buscador de alhaurin.com Telf. de interés Normas de alhaurin.com Hemeroteca Todas las carpetas de alhaurin.com
Análisis del convenio entre España y La República Popular China
Pedro Jesus Koschara Maldonado. 19.04.12 
Todos hemos oído y/o hablado de los chinos; esos que empiezan a trabajar a las 6 de la mañana y no se acuestan hasta las 6 de la mañana del día siguiente (es una exageración, que conste). Los chinos nos ofrecen servicios a un bajo precio, pero lo más alarmante es… ¡ahora tiene bancos! Ya me veo hablando de política en chino con los del “todo a 100”.
La pregunta que todos nos hacemos es la misma “¿Por qué?”. El por qué se remonta hasta el 22 de Noviembre de 1990 (los españoles se enteraron el 11 de Junio de 1992). El gobierno de la IV legislatura (gobernaba Felipe González del PSOE) aprobó el Convenio entre España y China para evitar la doble imposición y evitar la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Dicho convenio evita que un español en China o un chino en España (abundan más los chinos en España que españoles en China) pague impuestos aquí y allá. En cierto modo es justo para ambos países (pensaban en 1990) hasta que los chinos vinieron y crearon tiendas sin control alguno. Este Convenio beneficia fiscalmente a españoles y chinos, ¿pero en qué?

A los impuestos que se aplica concretamente este “peaso” de convenio son:

En España: IRPF, Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre el Patrimonio e Impuestos Locales sobre la Renta y el Patrimonio, en definitiva los impuestos españoles.

En China: IRPF, el “Joint ventures” denominado impuesto sobre la renta de empresas mixtas de capital chino y extranjero, el impuesto sobre la renta de empresas extranjeras y el impuesto local sobre la renta, sí lo que son los impuestos chinos.
Este Convenio también nos habla de las Rentas Inmobiliarias y de beneficios empresariales entre otras cosas como; cánones, ganancias de capital, servicios personales (dependientes e independientes), pensiones, funciones públicas, etc.

Este Convenio es moralmente ilegal y totalmente legal porque roza la competencia desleal, pero el artículo 30 de éste dice lo siguiente:

El presente Convenio permanecerá en vigor indefinidamente, pero cualquiera de los Estados contratantes puede denunciar el Convenio a través de los canales diplomáticos notificándolo por escrito hasta el día 30 de Junio de cualquier año civil transcurridos cinco años desde su entrada en vigor […]

El gobierno debe hacer lo posible para evitar este abuso que como dije antes, roza la competencia desleal debido a la cantidad ingente de chinos que tenemos en España. Recuerdo que el Ayuntamiento de Valencia tuvo que tomar medidas para que haya una distancia entre negocios chinos y menos mal porque se hubieran hecho con toda la comunidad Valenciana.

Lo que de verdad nos demuestra este Convenio es que desde hace unos años el PSOE (hace tiempo que no arremeto políticamente contra ellos jeje) ya hacía políticas neoliberales antes de que llegara Aznar, así que ahora no me vengan quejándose de los neoliberales.

Haz tus comentarios en http://pedrokoschara.blogspot.com En mi blog se encontrará próximamente el Convenio en formato PDF y he subrayado lo más esencial de dicho convenio.
Un saludo
Pedro J. Koschara Maldonado

Esta noticia ha recibido 2198 visitas       Enviar esta noticia



<-Volver

Artículos de opinión y colaboraciones:
Animamos a los alhaurinos a expresar sus opiniones en este periódico digital. Alhaurin.com no se responsabiliza del contenido o datos de dichas colaboraciones. Todo escrito debe traer necesariamente, incluso si quien escribe es un colectivo: Nombre, apellidos y un teléfono de contacto del autor. Envíe su artículo o carta a: redaccion@alhaurin.com
Alhaurin.com Periódico Independiente - Alhaurín de la Torre - Málaga. Dep. Legal: MA-1.023-2000. Andalucía Comunidad Cultural S.L.
Servidor de Internet. Director: Alejandro Ortega Navarro. Fundador: Federico Ortega. 678 813 376

Webs que alojamos:

16026658
visitas desde nov. 1998