Aunque no soy la más inteligente, lo soy suficiente como para haber apreciado el polvo, ese que a otras personas no molesta, al día siguiente de mi mudanza. Otra cosa es que necesitara un año en enterarme que la razón de ese polvo eran “las canteras” y que éstas eran ilegales y clandestinas. |
Y lo que “estaba en boca de todos”, sería entre los habitantes de Alhaurín con los que yo no había tenido ningún contacto”. Fuera de aquí, ya lo dije anteriormente, casi nadie conoce esta situación y nadie puede imaginarse que el Ayuntamiento permita una actividad ilegal durante tantos años y REPITO cuando quise tener información se la pregunté al Alcalde, ya conoce Ud la respuesta .
En la Constitución Española de 1978 no aparece para nada referencia alguna sobre el DERECHO DE (no "a") los animales. El único país europeo que recoge los derechos de los animales en su Constitución es Alemania. Como no soy jurista, imagino que el artículo del código penal al que Ud se refiere debe de ser con respecto al maltrato, y en Andalucía la Ley de Protección de los Animales es del 24 de Noviembre de 2003, 2 (Ley 11/2003.BOJA 237). Por cierto, en la exposición de motivos dice algo muy parecido a lo que yo aludía en mi artículo que tanto le molestó.
Coincidimos en que España, como otros, es un país maravilloso aunque yo creo que lo sería aún más si no hubiera tanta ilegalidad y tanta corrupción. Y ya que hablamos de constituciones le contradigo en un pequeño detalle: artículo 13, apartado 2: “Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23…”. Isolde Schaefer.
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