Para explicar esta situación haremos referencia al artículo 9.1 de la Constitución que dice así: “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”.
Si un ciudadano retira un contador de agua a su propietario, el ciudadano que “retira” el contador puede ser imputado por un delito de robo o hurto, dependiendo de si ha habido forzamiento del cristal o puerta que protege dicho contador. Si el que retira el contador es una empresa pública ¿Cómo se denominaría jurídicamente?. Y para más escarnio, si además el propietario del contador se percata de la “retirada del contador” y evita la acción, resulta que este propietario pasa a ser considerado infractor y le obligan a pagar fuertes cantidades de dinero.
En definitiva, que hay vecinos que han firmado el nuevo contrato con Aqualauro y han aceptado que se llevaran el contador de su propiedad y le pongan uno nuevo en régimen de alquiler, otros que no han firmado el contrato pero que sí han cambiado el contador y otros que ni lo uno ni lo otro.
Lo que sí podemos afirmar es que a varios vecinos, curiosamente los demandantes, les han llegado recibos de agua por importe de entre 4.250 € y 5.902 € cada trimestre en concepto de infracción por no haber accedido a firmar contrato y cambiar sus contadores. Por supuesto estos vecinos han denunciado la situación, pero mientras la justicia decide, los recibos se suceden y el consiguiente ahogo económico al que se ven sometidos.
Seguiremos informando en próximos artículos.
Comunidad de Propietarios de El Lagar. Presidente: Miguel Dominguez Yerga. |