La Sentencia del TSJA, de cierre de las canteras, dirigida no nos olvidemos contra el Ayuntamiento y su Alcalde, responsable de la ilegalidad y clandestinidad de las canteras, es clara al respecto. Establece que Taralpe, Pinos de Alhaurín, Troconal Y Nicanor Retamero, no tienen Licencia municipal de apertura para la actividad de cantera. Según la Ley de Minas, estas canteras son de la Sección A, y la definición de una canteras y de su actividad es la siguiente: extraer, arrancar, fraccionar, comercializar, vender, etc árido, piedra, mármol.
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Es decir el TSJA ORDENO AL SR ALCALDE CERRAR TODA LA CANTERA, TODA SU ACTIVIDAD. Las plantas de Machaqueo de estas canteras según la sentencia sólo pueden triturar y machacar, árido de otra cantera que sea legal, O APORTADA DESDE OTRO MUNICIPIO, pero no de las ilegales. El Alcalde y la Sra. Delegada de Mina con los Secretarios Generales de los sindicatos, inventaron un fraude de ley y una ilegalidad para abrir las canteras al día siguiente de la firma del Acuerdo Marco. Decir que tienen árido almacenado y que ese material se puede vender y triturar. Estos señores se creen que los ciudadanos somos tontos, o mejor dicho ellos son “MUY LISTILLOS”, y sabrán que intereses defienden, el de los ciudadanos y el del cumplimiento de la Ley y de las Sentencias Judiciales desde luego que no. Hay que ser inmoral para organizar esta farsa de que se puede vender y machacar árido y de una CANTERA clandestina y cerrada por orden del TSJA.
Y también hay que ser muy mentiroso, y no tener ningún escrúpulo y la más mínima vergüenza para decir que las canteras tenían millones de toneladas de áridos almacenadas para estar vendiendo durante ocho meses.- Las fotos y videos entregadas por la PDSS en el Juzgado el día 19 de enero correspondiente al domingo anterior a abrir de nuevo las canteras eran concluyentes. El árido que estaba almacenado, según cálculos que fueron realizados por un Ingeniero de Minas y entregados al Juzgado suponían el suministro como mucho de una semana.
Ha sido la Plataforma quién también le pidió al Juzgado que el SEPRONA inspeccionara las canteras. El Sr. Alcalde se montó el paripé de las Actas de la Policía Local, nadie se las había pedido. Son sólo estrategias para lavar su cara.- Es tan mentiroso el SR. Alcalde, que manifestó en diciembre que había ordenado un vuelo aéreo para medir el perímetro de las canteras y controlar que no extrajesen. Cuando se le solicitó oficialmente las fotografías de ese vuelo y los datos del mismo, resultó que era mentira su declaración. Puede verse la prensa de enero donde queda reflejado este hecho. Es más ¿Qué orden le ha dado el Alcalde a la Policía Local?. El Juzgado pidió a la Plataforma opinión sobre diversas Actas de la Policía Local, y ya se comunicó en el Juzgado que las fotos acompañadas a las Actas eran concluyentes, las canteras seguían con su actividad como si tal cosa. La redacción de las Actas es una chiquillada. Algo así como que hay una máquina retroexcavadora al lado del tajo de la cantera, pero esta machacando o está partiendo una piedra, pero resulta que esa piedra esta suelta, y como está suelta no hay extracción. Toda esta actuación del Alcalde, es patética, ridícula. Y por cierto, las Actas entregadas por el Juzgado a la PDSS, realizadas por la Policía Local, siempre son casi en el mismo intervalo horario, la mayoría por la mañana entre las 12 y las 2 y hay tres sólo tres por la tarde entre las 4,30 y seis aproximadamente. De estas Actas entregadas hasta ahora por el Juzgado, no hay ninguna del primer turno de trabajo, es decir desde las siete hasta las once de la mañana, y ninguna después de la seis, ni por supuesto de noche. Hay varias denuncias de vecinos de Pinos, por estar en actividad las canteras de noche.
Pero también queremos dejar muy claro que la Policía Local, sólo cumple órdenes. Por ello se ha solicitado al Juzgado que declaren y expliquen en sede Judicial, que órdenes les dio su superior, y cuales fueron las órdenes que recibieron de actuación. También la PDSS tiene el testimonio de un funcionario público que conoce el tema y las canteras directamente por su trabajo y que atestigua que desde el día de reapertura de las canteras estás han continuado con su actividad. El juzgado también conoce estos datos.
Hasta la saciedad la PDSS ha repetido que solicitó cuatro cuestiones al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n. 4 al incumplirse la Sentencia del TSJA en un proceso judicial denominado Incidente de Ejecución de Sentencia. Tres aspectos en el mes de marzo fueron resueltos favorablemente para la PDSS. El cuarto punto que queda por definir al Juzgado es el más importante. Cuando se resuelva HABLAREMOS DE CÓMO QUEDA EL SR. ALCALDE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TSJA.
El Sr. Alcalde de momento es responsable de la ilegalidad de las canteras, es el responsable de mantenerlas abiertas durante años, y por tanto ES UN INCUMPLIDOR DE LA LEY, DEMOSTRADO POR SENTENCIA FIRME, HA PERMITIDO ACTIVIDADES ILEGALES, DEMOSTRADO POR SENTENCIA JUDICIAL, Y EL ES RESPONSABLE PATRIMONIAL DE LOS DAÑOS QUE LOS VECINOS PUEDAN DEMOSTRAR QUE HAN PADECIDO.
Esta es la verdad de la actuación del Sr. Alcalde y esto es lo que se manifestó para conocimiento de la Opinión Pública por la PDSS, en la Rueda de Prensa de la pasada semana. Por cierto a esa Rueda de Prensa el Letrado de la Plataforma no acudió, y ni tampoco realizó ese día ninguna declaración a ningún medio de comunicación. Por ello se solicitó en base a la Ley Orgánica existente, al director de ese medio de comunicación que rectificará su información pues no era veraz. Por ello las palabras aparecidas ayer, no son de rectificación, sino, son NUEVAS.
POSDATA PARA JUAN CARLOS SANZ: Amigo Juan Carlos tanto la PDSS como tú debemos estar deseando que nos ponga una Querella por Injurias, el Sr. Alcalde. En primer lugar será un honor, pues lo único que hacemos es defender además del medio ambiente, la libertad de expresión. Joaquín Villanova, sin embargo es un destructor del medio ambiente y UN CENSURADOR, MANIPULADOR DE LA INFORMACION (Veáse TORREVISION). Y en segundo lugar existe “la exeptio veritatis”. Y tendremos Juan Carlos, la oportunidad de pedir en el Juzgado, mucha,, mucha documentación. En la anterior legislatura municipal en el Ayuntamiento de Málaga, el entonces portavoz del PSOE Sr. Oliva realizó unas declaraciones contra el entonces Concejal de Urbanismo del Partido Popular. Sr, Manuel Ramos. El Señor del Partido Popular en vez de callarse, porque lo que estaba diciendo el Sr. Oliva era cierto, interpuso una Querella por injurias contra el Sr. Oliva. En el Juzgado el Sr. Oliva utilizó la “exeptio veritatis, la demanda de injurias se archivo. Pero el Juzgado abrió un procedimiento penal contra el Concejal de Urbanismo del PP SR. Manuel Ramos por diversos delitos. Al final el Sr. Manuel Ramos del Partido Popular Concejal de Urbanismo entonces ha sido condenado por el Tribunal Supremo, por haber cometido un delito.
Te felicito por tener la paciencia de contestar a don Bravo, lo has definido a la perfección. Y dialogar aunque sea a través del ordenador, con un mentiroso, inmoral sin escrúpulos tiene mérito.-
PLATAFORMA PARA LA DEFENSA DE LA SALUD Y LA SIERRA. Francisco. J. Galán Palmero. Letrado de la PDSS.-
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