logo

Tu diario. Libertad de expresion

Buscador de alhaurin.com Telf. de interés Normas de alhaurin.com Hemeroteca Todas las carpetas de alhaurin.com

Inocente condenado

Francisco José del Pozo Velasco. 19.04.06 

 Así es como se siente un Policía Local, y por extensión todos sus compañeros, después de toda la tortura psíquica, moral y económica que ha sufrido y que aún tiene que soportar. Fue el pasado 12 Noviembre cuando una vecina de esta localidad interpuso denuncia ante la Guardia Civil, contra un Agente de la Policía Local por según ella “darle un pellizco en el culo”. La denunciante, que tardó cuatro días en presentar la denuncia, en aquellos días era empleada del servicio de limpieza del Ayuntamiento. Según consta en la denuncia el “pellizco” se lo dio el día 8 del mismo mes en la puerta lateral del Ayuntamiento que corresponde con la entrada de la Jefatura de la Policía Local en un momento en el que se formaron dos grupos de trabajadores que se encontraban sobre la acera, por un lado un grupo de 4 policías que hablaban con una vecina y por otro el grupo de limpiadoras que terminaban su turno.


 Tras la presentación de la denuncia y de forma inmediata el Excmo. Ayuntamiento abre expediente contra el Agente denunciado y toma medidas cautelares. La Ley en estos casos dice que se tomarán medidas cautelares que no sean irreparables.
  Con estas medidas el Ayuntamiento dijo que se intentaba que nunca ambos trabajadores pudieran verse en ningún cambio de servicio para protección de la denunciante, que siguió desarrollando su trabajo plenamente (como debe ser).
 La medida que toma el Ayuntamiento contra el Agente de Policía es la de suspenderle de empleo y sueldo por un período de tres meses al considerar la falta como muy grave.
 El Ayuntamiento ya había juzgado al Policía y se le había impuesto la pena sin ni siquiera oírle. ¿Donde está el derecho constitucional de  presunción de inocencia?
 Una primera Sentencia de un Juzgado de lo Contencioso Administrativo obliga al Ayuntamiento a que se incorpore al Agente a su puesto de trabajo. El Agente llevaba ya dos meses de suspensión.
 
  El pasado día 9 de Marzo se celebró el juicio por la denuncia del “pellizco” y el Agente es declarado INOCENTE.
 
 Y ahora todos nos preguntamos:
 ¿No se podía haber tomado otra medida, como la de asignarle turno de noche?
¿Este es el apoyo que uno puede esperar del  Excmo. Ayuntamiento, desde el Jefe de la Policía, pasando por las Concejalas de Personal y de Policía y hasta llegar al SR. Alcalde?
¿Quien le devuelve ahora el honor perdido por unas medidas precipitadas y brutales? A parte de la situación económica   ( 2 salarios, Diciembre y Enero ) que ha padecido y sigue padeciendo ¿ Este calvario es reparable?
 Si cualquier trabajador no se siente seguro y apoyado por su propia empresa, no puede de manera alguna cumplir con su obligación, y  más si ello puede llevar a tu familia a la miseria.
 Cuando se realizan trabajos penosos como son los de Policía Local donde nuestras actuaciones van en contra de los intereses particulares y a favor de los intereses generales, podemos ser objeto de denuncias de particulares y si de entrada ello conlleva ese tipo de medidas cautelares que más bien son ya de entrada una condena:

¿QUIEN SE ATREVE A HACER CUMPLIR LA LEY? .

FRANCISCO JOSE DEL POZO VELASCO
SECRETARIO GENERAL DE U.P.L.B. Alhaurín de la Torre

Esta noticia ha recibido 839 visitas       Enviar esta noticia



<-Volver

Artículos de opinión y colaboraciones:
Animamos a los alhaurinos a expresar sus opiniones en este periódico digital. Alhaurin.com no se responsabiliza del contenido o datos de dichas colaboraciones. Todo escrito debe traer necesariamente, incluso si quien escribe es un colectivo: Nombre, apellidos y un teléfono de contacto del autor. Envíe su artículo o carta a: redaccion@alhaurin.com
Alhaurin.com Periódico Independiente - Alhaurín de la Torre - Málaga. Dep. Legal: MA-1.023-2000. Andalucía Comunidad Cultural S.L.
Servidor de Internet. Director: Alejandro Ortega Navarro. Fundador: Federico Ortega. 678 813 376

Webs que alojamos:

16087601
visitas desde nov. 1998