El pleno del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre aprobó ayer una nueva ordenanza para la creación de un Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas en la localidad. La propuesta, que salió adelante con el voto favorable de todos los grupos políticos, permitirá la puesta en marcha de este instrumento, que facilitará la regulación del proceso de selección de los adjudicatarios de VPO en las diferentes promociones que se construyan de ahora en adelante en el municipio. Alhaurín de la Torre se convierte así en uno de los primeros municipios de la provincia de Málaga en aprobar este registro, de acuerdo con la orden del 1 de julio de 2009 de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.
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El alcalde, Joaquín Villanova, resaltó durante la sesión que se trataba de un “proyecto positivo” para la puesta en funcionamiento de un registro que se mantendrá “vivo” permanentemente. “Ahora alguien no tendrá por qué venir en cada convocatoria de vivienda a solicitar una, por lo que se evitará la enorme cantidad de personas que ahora acuden al Ayuntamiento a pedir una casa”, explicó el regidor. No obstante, hay que advertir de que el Área de Vivienda del Consistorio ya trabaja desde hace tiempo con una base de datos de solicitantes de VPO, de forma que aquel vecino que ya se encuentre inscrito en dicho listado no tiene por qué acudir de nuevo a este departamento a no ser que haya habido cambios significativos en su situación familiar que repercutan en el cupo.
Según la ordenanza aprobada, la inscripción de una persona en el registro estará vigente durante un periodo de tres años desde que fuera practicada o desde la última actualización o modificación de datos realizada por el demandante. En los tres meses anteriores a la finalización del periodo de vigencia señalado, el interesado podrá solicitar la renovación de la inscripción. En cuanto a los cupos, para las VPO en ventas se establecen cuatro categorías: cupo general, discapacitados con movilidad reducida (atendiendo al art. 111 del Decreto 293/2009 del 7 de julio), víctimas de violencia de género (2% de las viviendas de cada promoción) y emigrantes retornados con arraigo de al menos diez años (2% de las viviendas de cada promoción). Para los alquileres, habrá siete cupos: general, mayores de 65 años (10% de las viviendas), víctimas de violencia de género (8%), discapacitados con movilidad reducida (atendiendo al art. 111 del Decreto 293/2009 del 7 de julio), unidades familiares que ocupan una vivienda social (8%), unidades familiares que ya vivan en alquiler y formen parte del equipo de atención familiar o tratamiento familiar de los servicios sociales comunitarios (10%), unidades familiares con expediente de desahucio o embargos (10%).
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