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Arroyo la Perdiz

Francisco Pérez Ríos. 08.04.06 

Que Alhaurin de la Torre es  municipio  de  abundantes arroyos y cañadas es conocidos de todos, algunos  de ellos  como el que presento en este articulo, casi sin apenas importancia  pero que existen y que cuando llueve  recoge  agua en abundancia.  Arroyo  La Perdiz tiene su nacimiento en el Lagar de las Pitas, hoy finca  particular  que fue vendida  por la Junta de Andalucía, atraviesa  varias  fincas  en  Vega y Colmenares, cruza   la carretera  de  Torrealqueria  y desemboca al Arroyo del Valle. De corto recorrido  recibe  aguas pluviales de una extensa zona, su nombre le viene  de un hecho verdadero que a lo largo de su  cauce  es fácil ver perdices, hecho comprobado por el que  escribe  en varías ocasiones actualmente.  La parte de su desembocadura  se  halla cerrada totalmente  y necesita una limpieza -

Arroyo_la_Perdiz2.jpg

Arroyo_la_Perdiz3.jpg


 Como  en  otros  artículos anteriores  acompaño fotos   del mismo para mejor conocimiento.

 

 Foto número  1   Caída  del arroyo  desde el Lagar  de las Pitas   a tierras  de labor.

Foto  número  2.  Vista parcial de su cauce 

 Foto  número  3   Desembocadura  al Arroyo del Valle,  este tramos necesita  la limpieza  de su cauce.

 
ORDEN  MAM /985/2006, de  23  de Marzo, por la que se desarrolla  el régimen jurídico  de las entidades colaboradores  de la administración hidráulica en materia de control y vigilancia de calidad  de las aguas y de gestión de los vertidos al dominio público privado.

    Para  aquellos lectores de este periódico digital  que hallan leído y que deseen   leer  mis artículos, habrán observado  que en muchos  de ellos  he insertado parte del texto refundido del Real Decreto  1/2001, de 20 de julio  y el  Real Decreto 6006/2003 a la
vista  del articulo desarrollado, esta nueva orden  publicada  en el BOE número 81,página 13183 de fecha  5/04/06 del Ministerio de Medio Ambiente desarrolla  la administración de estas materias  con nuevas disposiciones generales que pueden afectar  a  nuestro municipio y de la cual  expongo  un artículo importante del mismo  y que pueden leer en el BOE para mejor conocimiento.
 Disposición Transitoria Única. Régimen de las empresas colaboradoras registradas conforme a la Orden del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo del 16de julio de 1987.
    Las empresas colaboradoras  Autorizadas por el Medio Ambiente, podrán seguir realizando las actividades correspondientes al grupo al que pertenecen durante el plazo de un AÑO, contado desde la entrada en vigor de esta orden.
    Durante  este periodo, las empresas colaboradoras deberán acomodar su régimen jurídico al establecido en esta Orden. A tal fin deberán  presentar la documentación exigida en apartado 1 del artículo 6 y obtener el titulo de entidad colaboradora.
    Transcurrido el plazo de un año quedarán automáticamente  extinguidos los títulos que se hubiesen otorgado  al amparo de la Orden Ministerial de Obras Públicas y Urbanismo de 16 julio de 1987, dicha orden así mismo queda derogada.
   La presente Orden entrara en vigor el  día siguiente de su publicación en el BOE.

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