Para cualquier información al respecto, pueden contactar con nosotros. Además mostramos un anexo, donde puede ver el texto de las bases publicadas, de forma completa y detallada. Con esta publicación pretendemos que esta oferta de empleo público llegue al máximo número de aspirantes. Intención que no muestra el PP en ningún momento, a pesar de que dispone de la TV, y de una WEB propia para publicar información de interés general, esos medios quedan relegados a la pura propaganda, olvidando el fin que debe perseguir una administración pública: el servicio a los ciudadanos. Ana Ortega González Oficina de prensa del PSOE de Alhaurín de la Torre http://psoe-alhaurindelatorre.blogspot.com/ alhaurindelatorre@psoemalaga.es ó 952 41 71 86
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ALHAURÍN DE LA TORRE A n u n c i o Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 6 de agosto de 2009, al punto 52, aprobó las bases que a continuación se transcriben, relativa a las pruebas selectivas de una plaza de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos en régimen funcionario interino, reconociendo un plazo de 20 días naturales a contar desde el presente Anuncio para presentar solicitud y demás documentación exigidas en las bases a los efectos de participar en el reseñado proceso selectivo. El modelo de solicitud a cumplimentar, así como las bases de procedimiento serán facilitada gratuitamente por el Servicio de Información (Registro General de Entrada) de este Ayuntamiento. Bases de pruebas selectivas de funcionario interino. Ingeniero de caminos, canales y puertos 1. Características generales de la oferta de trabajo. 1.1. Constituye el objeto de la convocatoria la provisión mediante concurso-oposición, con carácter interino y con sujeción a la legislación funcionarial, una plaza de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, así como la creación de una bolsa para aquellos aspirantes que obtengan la menos la mitad de la puntuación del ejercicio de la fase de oposición, dicha bolsa tendrá validez desde la finalización del proceso selectivo hasta la constitución de otra bolsa nueva, o bien hasta que se agote la posibilidad de incorporaciones por agotamiento de miembros de la bolsa. El orden de prelación que corresponderá a cada aspirante en la bolsa, vendrá dado por la mayor puntuación definitiva tras la finalización del proceso selectivo recogido en estas bases. Dada la urgencia y necesidad de cubrir las plazas vacantes objeto de la presente convocatoria, el expediente administrativo se tramitará mediante procedimientos ágiles que respeten en todo momento los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. 1.2. El proceso selectivo se debe a lo dispuesto en el art. 10.1. a) de la Ley 7/2.007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), según el cual son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando exista plazas vacantes y no sea posible su cobertura por funcionario de carrera. En este sentido, se trata de cubrir una plaza vacante de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, la cual no es posible su cobertura por funcionario de carrera, al estar la misma reservada a un funcionario de este Ayuntamiento que ha pasado a prestar sus servicios a otra Administración Pública, reservándose al mismo la plaza que se convoca de forma interina tal y como dispone el art. 88 del EBEP. El código del puesto a cubrir interinamente, según Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre es AALT-URB011F. 1.3. Las condiciones del puesto a cubrir interinamente y la dotación económica del puesto de trabajo será la prevista en el Presupuesto para el año 2009 y siguientes, con sujeción la relación funcionarial a lo dispuesto en la Plantilla de Personal, Relación de Puestos de Trabajo, Acuerdo de funcionarios de este Ayuntamiento, y demás normativa de empleados públicos aplicable al ámbito local. 2. Requisitos de los candidatos Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes, además de los requisitos establecidos con carácter general en el art. 56 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán de estar necesariamente en posesión del título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, así como estar colegiado en el Colegio Oficial correspondiente. 3. Solicitudes 3. 1 Las solicitudes para tomar parte en el proceso de selección se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y en el plazo de 20 días naturales, a partir del la publicación de éstas Bases en el Tablón de Anuncios, Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, así como prensa local, acompañando a la misma, copia compulsada del DNI, original o fotocopia compulsada del Titulo requerido para acceder a la convocatoria. Igualmente acompañarán a la solicitud el curriculum del aspirante, así como de los documentos acreditativos de la experiencia profesional y cursos de formación ambos relacionado con el puesto objeto de convocatoria (original o copia compulsada). Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión de pruebas selectivas y abonar mediante autoliquidación los derechos de examen que se facilitará gratuitamente en el Servicio de Información del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo 1. 3.2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará Resolución, en el plazo máximo de un quince días hábiles, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Las solicitudes que adolezcan de deficiencia, podrán subsanarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, sin necesidad de requerimiento de la Administración. Si no fueran susceptibles de subsanación serán rechazadas automáticamente. Si no hubiese deficiencias que subsanar, se publicará directamente la lista definitiva. En la lista definitiva incluirá la composición del Tribunal así como el lugar, día y hora del ejercicio. Todos los anuncios del proceso selectivo, salvo el de convocatoria que se publicará en los términos de la base 3.1, serán expuesto únicamente en el Tablón de Anuncio del Ayuntamiento. 3.3. La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones. Si hubiera reclamaciones, serán resueltas, si procede, en una nueva Resolución por la que se aprobará la lista definitiva, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en la que se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la composición del Tribunal Calificador. 4. Tribunales de selección 4.1. El Tribunal calificador quedará determinado a publicación de la lista definitiva. El Tribunal calificador quedará constituido en los términos del Art. 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, bajo el principio de profesionalidad, debiendo de tener los miembros del Tribunal la titulación igual o superior a la requerida en la presenta base de selección. 4.2. Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto, excepto el Secretario que tendrá voz. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la presencia del Pre- sidente y Secretario o de los que en su caso le sustituyan. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos, teniendo el Presidente voto de calidad. En todo lo demás, se seguirá lo dispuesto en los Arts. 22 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. El tribunal podrá ayudarse de los técnicos y/o asesores que crea conveniente para la realización de las pruebas. De la misma forma se ayudará del personal preciso para el desarrollo de las tareas administrativas necesarias durante el desarrollo del proceso selectivo. 4.3. Los miembros del tribunal deberán tener la titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el ingreso en la convocatoria. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. 4.4. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos del Artículo 28.2 de la Ley 30/1992, ya mencionada. Los miembros de los tribunales percibirán las asignaciones establecidas en las disposiciones de aplicación. 5. Selección de aspirantes. Concurso oposición. FASE DE CONCURSO A. Experiencia profesional. 1) Por haber prestado servicio en cualquier tipo de Administración Pública de las recogidas en el art. 2 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, ya sea por relación laboral, colaboración o periodo de prácticas: 0,20 puntos por año desempeñado, hasta un máximo de 1 punto. Deberá quedar acreditado por cualquier medio que permita su constancia (original o copia compulsada). 2) Por haber prestado servicio (en régimen de autónomo o asalariado) en cualquier empresa constructora o estudio profesional con la cualificación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, desempeñando funciones propias de su profesión: 0,10 puntos por año desempeñado, hasta un máximo de 0,5 puntos. Deberá quedar acreditado mediante certificado de estar o haber estado de alta en la Seguridad Social. 3) Por la realización de figuras de planeamiento urbanístico (Planes Parciales, Estudios de Detalle y Planes Especiales), se valorará un máximo de 0,05 puntos por cada una de las figuras redactadas, hasta un máximo de 0,5, debiendo acreditarse la redacción mediante certificado del Colegio Oficial correspondiente donde se indique la figura de planeamiento realizado y su fecha de visado. B. Cursos de formación y perfeccionamiento. Por la asistencia a Seminarios, Cursos, Jornadas o similares instrumentos de formación, siempre que hayan sido impartidos por cualquier tipo de Universidad o Administración Pública, y relacionados con la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, Código Técnico de la Edificación y Medio Ambiente, se valorará 0,02 puntos por cada 10 horas (fracciones enteras) de duración del curso o cursos, hasta un máximo de 2 puntos. FASE OPOSICIÓN Se realizará un ejercicio que se valorará de 0 a 6 puntos y que consistirá en la resolución de un supuesto práctico que planteará el tribunal calificador inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y que versará sobre los conocimientos y competencias técnicas propias de la profesión, especialmente referidas al ámbito de la Administración Pública en el área de urbanismo. El ejercicio práctico tendrá una duración máxima de 3 horas, permitiéndose para su realización el contar con la bibliografía que cada aspirante considere conveniente. Para la realización del mismo, cada uno de los aspirantes habrá de traer un ordenador portátil, que habrá de tener instalado Autocad o programas de dibujo compatibles, y Office. La nota definitiva del proceso será la suma de las obtenidas en la fase de oposición y la de concurso. En cualquier caso será requisito para entrar en bolsa haber obtenido al menos la mitad de la puntuación del ejercicio de la fase de oposición. 6. Propuesta del Tribunal y contratación 6.1. Finalizada la prueba selectiva, el Tribunal eleva propuesta al órgano competente que procede a su aprobación definitiva, declarando seleccionados al aspirante que sumando las puntuaciones parciales consiga la mayor puntuación total. Igualmente propondrá al órgano competente que aprueba la bolsa de trabajo. 6.2. El aspirante propuesto aportará antes de la formalización del contrato los siguientes documentos: a) Documento Nacional de Identidad. b) Tarjeta de demanda de empleo. c) Documento de afiliación, en su caso, a la Seguridad Social. d) Cuenta bancaria. e) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier Administración Pública, ni inhabilitado del ejercicio de funciones públicas. f) En su caso, los demás documentos acreditativos de las condiciones exigidas y los necesarios para la formalización del contrato. 6.3. El contrato entrará en vigor en la fecha determinada por el órgano de contratación. ANEXO I INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD En este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre y autoliquidación de tasas de derechos de examen y en las siguientes instrucciones particulares. A). Para solicitudes de la plaza de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos con carácter interino: En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Ingeniero de Caminos". En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará con arreglo a las siguientes claves: Letra Forma de acceso L Libre En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad Convocante", se consignará "Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre". En el recuadro 19, se consignará la palabra "interino". En el recuadro 20 "Provincia de exámen", se consignará "Málaga". En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que ésta adaptación sea necesaria. El importe de la tasa será de 25,00 euros. Estarán exentas las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de la convocatoria y que acrediten estar inscritos en el Servicio Público de Empleo como demandantes de empleo y estén en situación de paro, tendrán una reducción en un cincuenta por ciento de dicha tasa, siendo su cuantía 12,50?. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. La falta de justificación del abono de los derechos de exámen o de encontrarse en situación de demandante de empleo y en paro, determinará la exclusión del aspirante. La autoliquidación correspondiente a los derechos de examen, se efectuará en la entidad colaboradora que figura en la solicitud, en la que deberá constar que ha realizado el correspodiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica y sello de la misma. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. En Alhaurín de la Torre, 6 de agosto de 2009. El Alcalde-Presidente, firmado: Joaquín Villanova Rueda. 11991/09 |