En muchas ocasiones se han publicado deficiencias en varias zonas de nuestro pueblo; pero quizás donde más deficiencia exista dentro de lo urbano, es en la zona de calle Real, calle Tejar, Las Palmillas y Huerto de la Rosa. Evidentemente no voy a enumerarlas todas en el presente artículo, lo haré poco a poco y en varias entregas. En el presente, acompaño una foto de un paso de peatones señalizado en la calle Real, donde cuando llegas a la acera de enfrente te encuentras la misma obstruida por una caseta de electricidad, como faltan estacionamientos, los vehículos quedan estacionados justo al paso de cebra sin apenas dejar espacio no sólo a los peatones sino a personas que transiten en sillas de ruedas, etc.
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Tampoco reúne las condiciones de la Ley 1/1999 de Atención a las Personas con Discapacidad publicada por la Junta de Andalucía y de la cual acompaño una disposición adicional.
Soy consciente de los avances y esfuerzos efectuados en nuestro pueblo por nuestro Ayuntamiento sobre el tema, pero porque esta zona de casco urbano no se acondiciona igual que en otras muchas urbanizaciones, barriadas u otras zonas del casco urbano antiguo. Una acera es un camino para peatones que se sitúa a los costados de una calle. En la mayoría de los países occidentales existen leyes que fomentan la remodelación de las llamadas barreras de infraestructura, con el objeto de reducir las dificultades del discapacitado, y dichas políticas hacen especial hincapié en las aceras. Se requiere que las aceras tengan rampas en las esquinas para permitir el tránsito fluido de personas en silla de ruedas.
DISPOSICIONES ADICIONALES Primera Las entidades locales, en el marco de sus competencias, llevarán a cabo la adaptación de sus ordenanzas sobre accesibilidad arquitectónica, urbanística, en el transporte y en la comunicación, a cuanto queda dispuesto en la presente Ley y sus disposiciones de desarrollo en el plazo de un año desde la entrada en vigor de las mismas. En ese mismo plazo, los municipios de más de veinte mil habitantes y las provincias elaborarán las prescripciones técnicas para la normalización y accesibilidad de los elementos del mobiliario urbano. A las ordenanzas provinciales sobre accesibilidad habrán de someterse los municipios que no cuenten con plan general de ordenación urbana. |