Este ayuntamiento siempre ha sido prudente en las decisiones que se han tomado con respecto a las canteras por la complejidad del asunto y sobre todo, ha sido ejemplar en el cumplimiento de la ley cuando han existido resoluciones judiciales acatándolas de inmediato. Por eso, esta alcaldía muestra su disconformidad con la interpretación que hace el letrado de la PDSS, Galán Palmero, sobre la última sentencia judicial del TSJA, archivando el recurso de apelación a la demanda de cierre de la planta del Troconal y condenando a la PDSS en costas. |
1º.- Porque la decisión adoptada por el ayuntamiento de no proceder al cierre de la planta en 2003 estaba justificada, ya que el asunto estaba sub judice y no existía resolución judicial sobre el mismo, tanto, que el propio juzgado no admitió la demanda de la PDSS.
2º.- Porque fue el alcalde, Joaquín Villanova, quién el 7 de diciembre de 2005, cuando se tuvo conocimiento del auto del TSJA, ratificando la sentencia del juzgado nº 4 de Málaga, quien cerró la planta y la cantera del Troconal junto con las otras tres canteras a quienes afectaba la sentencia.
3º.- Por ello, es totalmente incierto y falso, que dicho cierre venga como consecuencia de alguna petición de la PDSS. Este ayuntamiento acata la ley, obedece a los juzgados y jamás se pliega a presiones externas y menos aún de la PDSS.
4º.- El abogado Galán Palmero intenta justificar sus continuos errores jurídicos o algo interno dentro de la propia PDSS, para argumentar que ha desistido a la demanda, porque la cantera y planta están cerradas por decisión judicial, eso es algo que no es cierto.
5º.- El abogado “olvida” a sabiendas, que el pasado mes de junio el Tribunal Constitucional dejó en suspenso de forma cautelar la sentencia de cierre dictada por el TSJA para la susodicha cantera del Troconal, es decir, la misma puede reemprender su actividad amparándose en dicha suspensión cautelar, aunque afortunadamente hasta la fecha, esto no ha sucedido, entre otras cosas, gracias al Acuerdo Marco firmado por el Ayuntamiento con las empresas, sindicatos y Junta de Andalucía y la puesta en funcionamiento del Plan de Restauración que se viene ejecutando.
6º.- La capacidad profesional del citado abogado es tan escasa que está fuera de toda duda, pero intentar justificar ante el pueblo y su cliente que la decisión que ha adoptado de retirar el recurso de apelación está basada en que la cantera y la planta están cerradas, existiendo por medio esa decisión de suspensión cautelar, y además, decir que es él quién tiene la razón, es una auténtica tomadura de pelo. |