Pequeñas y medianas empresas, sean personas físicas o jurídicas, que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía, requisitos (PYME): - Que ocupen a menos de 250 personas - Volumen negocio anual que no exceda de 50 millones de euros
LOS CONCEPTOS SUBVENCIONABLES: Construcciones, excluidos los terrenos. Trabajos de proyectos y dirección facultativa. Mobiliario, instalación y decoración. Equipos para procesos de información. Maquinaria. Utillaje. Cualquier otra actuación que redunde en una mayor calidad en la prestación de los servicios turísticos y un desarrollo integral de los recursos y productos turísticos de Andalucía.
. Serán subvencionables las siguientes proyectos: PROYECTOS SUBVENCIONABLES I.- Establecimientos de alojamientos turísticos Concepto subvencionable a) Establecimientos hoteleros - Reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, uso y depuración de aguas, gestión energética, generación y tratamiento de residuos, contaminación acústica e instalación de seguridad - Reforma y modernización de establecimientos, priorizándose las necesarias para la obtención de categoría superior a tres estrellas y las dirigidas a incrementar la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados así como los accesos en general. b) Campamentos de turismo - Reforma y modernización de las instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamientos, cerramientos, sistemas de seguridad, instalaciones eléctricas, agua potable, tratamiento y eliminación de residuos sólidos y aguas residuales, servicios higiénicos. c) Balnearios - Creación, reforma y modernización II.- Alojamiento turístico en medio rural Concepto subvencionable a) Casas rurales, establecimientos hoteleros, complejos turísticos rurales y apartamentos turísticos rurales. - Creación, ampliación, reforma y modernización * Se priorizarán el acondicionamiento de conjuntos arquitectónicos singulares para su aprovechamiento turístico y la reforma y acondicionamiento de edificaciones tradicionales para su integración en la oferta reglada, las obras dirigidas a incrementar la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados, así como accesos en general, la reforma y modernización dirigida a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión y comercialización integrada de productos turísticos, al mejor uso y depuración de aguas, gestión energética, generación y tratamiento de residuos, contaminación acústica, así como las necesarias para la obtención de categoría superior del establecimiento. Viviendas turísticas de alojamiento rural. Reformas para su transformación en algún tipo de establecimiento de alojamiento turístico
III.- Establecimientos de restauración con gastronomía típica Andaluza Concepto subvencionable a) Restaurantes Creación, reforma y modernización, incluyendo la derivada de la implantación de sistemas de gestión, autocontrol y modernización tecnológica b) Mesones rurales Creación, reforma y modernización, incluyendo la derivada de la implantación de sistemas de autocontrol
IV.- Agencias de viaje Concepto subvencionable a) Desarrollo e implantación de aplicaciones informáticas que faciliten la reserva electrónica de productos turísticos ofertados por las agencias de viaje receptoras.
V.- Servicio de información turística Concepto subvencionable Modernización tecnológica
VI.- Organización de actividades integrantes en el turismo activo Concepto subvencionable Creación de nuevos productos. Siendo prioritaras las iniciativas dirigidas hacia la industria el ocio, el turismo de salud, circuitos turísticos ligados a la naturaleza, la cultura y el deporte.
PERÍODO: que deberá mantenerse los bienes subvencionables para los fines previstos es de 5 años SE PRIORIZAN los proyectos presentados por mujeres o jóvenes (menores 30 años). En el supuesto de personas jurídicas el requisito de la edad o sexo, se exigirá a los propietarios de más del 50% del capital social o número de socios. PLAZO Y CUANTÍA DE LA AYUDA La solicitud se formalizará hasta el día 17 de febrero 2006. La cuantía de la subvención a conceder no podrá superar el 46% del presupuesto del proyecto de inversión aceptada. Aportación neta mínima del beneficiario será del 25% de la inversión subvencionable. LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN ACOMPAÑAR SERÁ LA SIGUIENTE:
1.- Declaración expresa responsable sobre concesión o solicitud de otras ayudas públicas o privadas, nacionales o internacionales, indicando importe y entidad concedente. 2.- Declaración expresa responsable de tener la consideración de PYME 3.- Declaración expresa responsable de compromiso de financiación de la parte de inversión no subvencionada 4.- Declaración expresa responsable de no estar iniciada la actividad o inversión a la fecha de solicitud, y de iniciarse en el año de la convocatoria correspondiente. 5.- Memoria descriptiva de la inversión a realizar, incluyendo presupuesto desglosado, en el que figurará el plazo previsto de ejecución y desarrollo de la inversión; así como memoria justificativa de la necesidad del proyecto 6.- Título de propiedad o arrendamiento y en este caso autorización del propietario. 7.- Si se actúa por representación, mediante cualquier medio admitido en derecho 8.- Si es persona física, DNI y NIF 9.- Si es persona jurídica, CIF, razón social o denominación completa, estatutos, escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil . Así como copia autentificada del impuesto de Sociedades del último ejercicio cerrado. Para el año en curso y siguiente deberán presentar, en el formato del Impuesto de Sociedades, previsión de balance y cuenta de resultados. * La documentación podrá ir acompañada de planos o similar.
Oficina UTEDLT La Algarbía Ayuntamiento Alhaurín de la Torre. Técnicos: Daniel GarcíaTomé/Jose Manuel Jiménez Molinillo Telf: 952963571/FAX: 952412137
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