El 20 de diciembre de 2006, el Boletín del Estado nº 303 publicó la "Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental relativa al expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras de ejecución del Proyecto Clave: 43-MA-4250 Acondicionamiento de la Nueva Ronda de Circunvalación Oeste de Málaga. Tramo: Autopista AP7–Conexión MA-417".
Dentro de esta expropiación, se publicó pormenorizadamente la lista de afectados por la Hiperronda, en los términos municipales de Málaga, Alhaurín de la Torre y Torremolinos. Además de la exahustiva promenorización de los bienes y sus propietarios y otros datos como superficies a expropiar destro de cada finca, se daba una fecha para acudir al levantameinto de las actas previas a la ocupación de las fincas, a celebrar en los ayuntamientos en fecha y hora indicadas.
TODAS las fincas que figuran como expropiables tanto en Torremolinos como en Málaga, están calificadas como NO URBANIZABLES. Pero al llegar a Alhaurín de la Torre, existen dos tipos diferenciados de calificación de suelo expropiable: 1) NO URBANIZABLE, que es como aparecen las fincas de Viveros Guzmán, de la Diputación de Málaga y otros... 2) URBANO, que es el que nos interesa a nosotros. Y son las siguientes fincas y sus propietarios correspondientes, superficie a expropiar y la fecha y hora del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación:
A) Finca número 72.0. URBANA. Titular: RESIDENCIAL TABICO SL. Alhaurín de la Torre (Málaga). Superficie a expropiar: 26.497 metros cuadrados. Ocupación temporal 2.900 metros cuadrados. Servidumbres 84 metros cuadrados.Día: 15/01/2007. Hora 9:30.
B) Finca número 72.1. URBANA.Titular:RESIDENCIAL TABICO SL. Alhaurín de la Torre 29130 (Málaga). Superficie a expropiar: 2.147 metros cuadrados. Día: 15/01/2007. Hora 9:30.
C) Finca número 72.2. URBANA. Titular: FUENTE-PALMA SL. Alhaurín de la Torre (Málaga). Superficie a expropiar: 27.077 metros cuadrados. Ocupación temporal 2.795 metros cuadrados. Servidumbres 54 metros cuadrados. Día: 15/01/2007. Hora 10:00.
D) Finca número 72.3. URBANA. Titular: MESON 30 SL. Málaga. Superficiea expropiar: 25.041 metros cuadrados. Día: 15/01/2007. Hora 10:30.
E) Finca número 72.4. URBANA. Titular: MESON 30 SL. Málaga. Superficie a expropiar: 12.598 metros cuadrados. Día:15/01/2007. Hora 10:30.
F) Finca número 72.5. URBANA. Titular: FUENTE-PALMA SL. Alhaurín de la Torre (Málaga). Superficie a expropiar: 634 metros cuadrados. Día: 15/01/2007. Hora 10:00.
G) Finca número 72.6. URBANA. Titular y domicilio: DESCONOCIDO. Superficie a expropiar: 8.214 metros cuadrados. Día: 15/01/2007.Hora 11:30.
H) Finca número 73. URBANA. Titular:AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA, Málaga. Superficie a expropiar: 1.439 metros cuadrados. Ocupación temporal 2.315 metros cuadrados. Día: 15/01/2007. Hora 11:30.
Hasta aquí los datos fríos en incuestionables. En próximos capítulos iremos desgranando quienes son estas sociedades, por qué son las únicas DE LAS TRES POBLACIONES que a la hora de expropiar tenían la calificación de suelo como URBANO. Un total casi de 225.000 metros cuadrados de fincas, alineados a lo largo del trazado de la Hiperronda de los que finalmente se han expropiado unos 94.000 metros cuadrados, cuyos titulares son las tres empresas enmarcadas en el titular. Es el principio de una larga y elucubrante historia... También puede seguir el tema en http://juancarlosnomecallo.blogspot.com/
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