El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por este Ayuntamiento y ha anulado la transmisión de los derechos mineros del permiso de investigación “Jarapalos” número 6408, mediante el cual se planteaba abrir una nueva cantera en la Sierra. El TS en su sentencia de fecha 28 de noviembre de 2007, sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo, estima los planteamientos en casación del ayuntamiento y ordena a la Junta de Andalucía, Consejería de Innovación y Ciencia, que anule la transmisión dictada por dicho organismo y resuelva el fondo del recurso presentado por la corporación municipal. |
Los hechos de que trata dicho asunto son los siguientes:
El 4 de septiembre de 1997, la Consejería de Innovación de la Junta aceptó la transmisión de los derechos mineros del permiso de investigación Jarapalos 6408 del que era propiedad la empresa Badomar a la empresa Sando y Áridos Alhaurín de la Torre. Este permiso de investigación facilitaba la apertura de una nueva cantera en la zona de Gibraltar por parte de la comercial Sando y Áridos Alhaurín, así como varias explotaciones más. Ante esto, el ayuntamiento presentó recurso contencioso administrativo 2909/1998 el 4/05/98, alegando que dicho permiso había pasado los diez años que marca la ley para su tramitación y por tanto estaba caducado. La Junta no admite esta alegación municipal. Dicho recurso, presentado por el Ayuntamiento, solo contó con la adhesión del grupo ecologista “Habalcuza” representado por José Manuel Cestino, la PDSS que hasta la fecha se había distinguido por su oposición a las canteras no se sumó a dicho recurso.
Ante la inadmisión de la Junta, el ayuntamiento mantiene dicho recurso que pasa al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que con sentencia de fecha 25 de junio de 2004, nº 856/2004 mantiene el desistimiento de la Junta, por lo cual, el Ayuntamiento en defensa del interés del pueblo, recurre dicha sentencia en casación ante el Tribunal Supremo. Este, si estima dicho recurso municipal, anula la transmisión de derechos mineros que se realizó entre las empresa Badomar y Sando/Áridos Alhaurín de la Torre y ordena a la Junta que entre en el fondo del asunto y resuelva el recurso ordinario interpuesto por el Ayuntamiento.
La alcaldía se muestra satisfecha con esta sentencia del TS, ya que demuestra el interés municipal en que no se abran nuevas canteras en Alhaurín de la Torre ni se concedan permisos mineros que posibiliten la apertura de estas, por ello, el ayuntamiento ha seguido pleiteando sobre cualquier posibilidad llegando hasta el Supremo y ganando su demanda. “Es mi intención y del equipo de gobierno –ha declarado el alcalde- acabar con la actividad extractiva y después de poner en marcha el Plan Especial de Restauración, las dos canteras declaradas ilegales están reforestando la Sierra con plazo de vencimiento y las otras dos declaradas legales por sentencia judicial, les quedan pocos recursos y poco tiempo de explotación y después deben también de restaurar, por tanto, esta sentencia es muy importante ya que cierra la posibilidad de que a través del permiso de explotación Jarapalos 6408 se pudieran abrir otras nuevas. Estamos empeñados en poner orden en el sector y restaurar lo destruido, por ello, espero que la Consejería de Innovación haga caso ahora de nuestro recurso y cierre definitivamente el caso Jarapalos 6408”. |