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La Escuela Municipal de Música de Alhaurin de la Torre recibe subvención de la Junta. | Francisco Pérez Ríos. 03.07.18 | |  El Boja numero 126 de 2 de julio de 2018 por medio de la Consejería de Educación y en Resolución de junio de 2018, de la Dirección General de Ordenación Educativa por la que se conceden las subvenciones a las Escuelas de Músicas y=o Danza dependientes de las entidades locales para el año 2018. Alhaurin de la Torre recibe una subvención total de 5.700 euros, el 100por 100 con una alta calificación de su programa de 8,70, una calificación muy por encima de pueblos como Torremolinos, Fuengirola, Vélez Málaga, Nerja y un largo etc. de poblaciones. Quinto. A tenor de lo dispuesto en el artículo 24 de las Bases Reguladoras, son obligaciones de los beneficiarios las siguientes: 1. Destinar las ayudas concedidas a sufragar los gastos aplicados al funcionamiento y mantenimiento de la escuela, así como los gastos derivados del desarrollo de las actividades docentes y de carácter complementario, todo ello en relación con el presupuesto definitivo aceptado por el beneficiario de la subvención, no siendo posible destinar esta subvención o parte de ella a gastos de personal o de material inventariable, como se establece en el apartado 5.c).1.º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras. | 2. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamente la concesión de la subvención en la forma y plazos establecidos. 3. Justificar ante la Consejería de Educación el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la misma. 4. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponde a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, a la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. 5. Comunicar a la Consejería de Educación, tan pronto como se conozca, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como las alteraciones a que se refiere el artículo 121 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública. 6. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como los estados contables y registros específicos exigidos en el apartado 22 del Cuadro Resumen, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. 7. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. 8. Hacer constar, en toda información o publicidad que se efectúe de las actividades, que éstas han sido subvencionadas por la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Educación. 9. Proceder al reintegro de los fondos recibidos en los supuestos contemplados en el artículo 28 de la orden reguladora, así como en caso de incumplimiento de las normas medioambientales al realizar el objeto de la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 125 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública. 10. Comunicar a la Consejería de Educación, de inmediato y por escrito, los cambios de domicilio, a efectos de notificaciones, durante el período en que la subvención sea susceptible de control. 11. En cumplimento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, cuya aplicación se regula a través de la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública, cuando las subvenciones se destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen contacto habitual con menores, será obligatorio por parte de la entidad solicitante de la subvención o ayuda, la aportación de declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales De todo ello destaco la importancia de nuestra escuela de Música y en especial el Certificado negativo del Registro Central de delincuentes algo que está en el candelero de de nuestro país; se adjunta así mismo enlace para los lectores que deseen leer o tener la Resolución. http://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/126/BOJA18-126-00005-11368-01_00138709.pdf |
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