Los que quieran ver otra interpretación en la sentencia, por cierto, unánime, del tribunal supremo, les están diciendo a la sociedad que la violación de derechos y garantías constitucionales puede ser alterada dependiendo de los intereses de un sujeto o del momento más oportuno o conveniente. Lo que sí queda claro, es que este juez no es la primera vez que ordena este tipo de escuchas fuera de las excepcionales por casos de terrorismo. Entonces deberíamos preguntarnos, dónde está el límite y quién nos garantiza esos derechos que emanan de nuestra Constitución si como ha quedado claro quienes deberían velar por ellos, los jueces, los violan. Y tranquilos, que la justicia es lenta pero segura, y los de la Gurtel caerán, a pesar de la torpeza manifiesta, al igual que los de otros casos como el de los ERES en Andalucía.
A título personal nunca me gustaron los jueces que desde un poder accedían a otro, del judicial al político, síntoma, para mí, de una ambición desmesurada por medrar en las cimas de decisión de todo un país. Eso sí, no me importaría si anunciaran o se les obligara al abandono de forma permanente de la judicatura. De lo contrario, entre otras cosas, su contaminación ideológica quedará palpable y pública para el resto de su carrera una vez vuelvan a su anterior empeño, aplicar la ley, donde su obligada independencia quedaría en entredicho. Y como hemos comprobado con este juez, en muchas de sus decisiones han primado intereses tanto ideológicos como de grandes corporaciones.
Se me viene a la cabeza, por ejemplo, la persecución que padeció el juez Gómez de Liaño por enfrentarse al todopoderoso grupo Prisa del difunto Polanco, utilizando este último al juez Garzón como brazo ejecutor. Consiguieron la inhabilitación del compañero de Garzón, Liaño, aunque años después el tribunal de derechos humanos de Estrasburgo le resarció de toda culpa. O los últimos escarceos con las mayores empresas y bancos en la causa de los cursos de Nueva York patrocinados por estos mismos, con petición económica del propio Garzón “juez – magistrado” para costear sus honorarios, para posteriormente no inhibirse en casos en los que estos (Banco Santander) eran parte demandada. Una causa de una enorme gravedad para mi, aunque el delito por ello, el de cohecho impropio, este poco penado en nuestra actual legislación. Pienso por todo ello, que no es oro todo lo que reluce entre tanta apariencia.
Rafa Calasanz rafacalasanz@hotmail.com |