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Mercedes Avila. 02.12.04. Al llevar poco tiempo desempeñando las funciones de concejal, se vé que hay cosas de este Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre que no entiendo. Por lo visto en el último Pleno existe una OFICINA DE PRENSA DEL AYUNTAMIENTO, puesto que desempeña como cargo de confianza, un señor nombrado a dedo por el Sr. Alcalde y que tiene un sueldo que le ha puesto el Sr. Alcalde muy alto por cierto; de todos las personas que cobran del Ayuntamiento calculo que será el sexto o séptimo mejor sueldo mensual. Y efectivamente el día 30 de noviembre estaba en el Pleno, realizando su trabajo, por él que por lo visto le pagan y la Oficina de Prensa realiza una nota sobre el mismo que posteriormente comentaré. Pero resulta que leo alhaurim.com y aparece un Cronista particular, que por lo visto también estuvo en el Pleno que dice llamarse, ¡Qué casualidad!, como el Jefe de Prensa del Ayuntamiento. ¿Eran dos personas? ¿o eran la misma persona?. Estos misterios desde luego no los entiendo.- -Ah! Como ando despistada, no sé si al Pleno fue también el Jefe de la Oficina de Prensa del Partido Popular de Alhaurín de la Torre. Bueno a lo que íba: Al escrito de “un cronista”, no se debe contestar, pues “un cronista” es una persona libre que expresa sus opiniones. Y en este mundo “hay gente para todo”. Sólo me permito rescatar de ese escrito esta frase “chungo de papeles”.- Ahora bien el escrito de la Oficina de Prensa del Ayuntamiento si es un escrito oficial. Y como tal debiera atenerse a la verdad. Pero se vé que las Oficinas de Prensa, Servicios de Comunicación, Informativos de televisiones municipales, etc. No se atienen a la verdad, son mera y falsa propaganda política, de quién les paga. Y no me digan que todos los servicios de prensa, oficinas de comunicaciones, informativos de tv, canal sur etc, hacen lo mismo. Cuando me dicen ese ejemplo pienso: ¿Qué pasa si todo el mundo lo hace mal, yo también lo hago mal?. Los grupos de oposición no presentaron ninguna prueba, sencillamente porque el Sr. Alcalde parece que esta “chungo de papeles”, y no ha permitido el acceso de la Oposición a los expedientes de venta de aprovechamientos medios. Mi compañera Encarna Ruiz, lleva meses solicitando esos expedientes, y no los ha podido ver. Pero es más, el Sr. Alcalde ha incumplido gravemente los art. 14 y 15 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales. como indicaron los grupos de Oposición en el Pleno. Para que se vea claro transcribo lo que dicen esos dos artículos. 1. Todos los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función. No obstante lo anterior los servicios administrativos locales estarán obligados a facilitar la información, sin necesidad de que el miembro de la Corporación acredite estar autorizado, en los siguientes casos: Cuando se trate del acceso de cualquier miembro de la Corporación, a la información y documentación correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados por los órganos colegiados de que formen parte, así como a las resoluciones o acuerdos adoptados por cualquier órgano El libramiento de copias se limitará a los casos citados de acceso libre de los concejales a la información.- Es decir, como la venta de aprovechamientos urbanísticos realizados por el Ayuntamiento está muy oscura, como hay operaciones que sonaban raras. En una Comisión de Gobierno celebrada el 17 de enero de 2003, días antes de entrada en vigor de la nueva Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía se vendieron todos los aprovechamientos de seis o siete promociones a la vez. Y como quiera que el Sr. Alcalde se ha negado sistemáticamente a entregar estos expedientes a la Oposición. Se convoca una Pleno Extraordinario a petición de PSOE e IU. La convocatoria es aprobada por el Sr. Alcalde, y se admite que en el Pleno se van a fiscalizar “todas y cada una de las operaciones de venta de suelo y de aprovechamientos urbanísticos realizadas por el Ayuntamiento”.- Al instante de convocarse el Pleno dichos expedientes se tienen que encontrar en la Secretaria Municipal a disposición de cualquier Concejal. Su acceso es libre y cualquier Concejal puede sacar copia de todos y cada uno de los documentos de dichos expedientes. Sin embargo el Sr. Alcalde se negaba una y otra vez a entregar o dejar ver cualquier papel, el Sr. Secretario decía que el no tenía nada y el Sr. Arquitecto que el el Alcalde le había dado orden terminante de no entregar ningún papel a la Oposición. Por cierto esa orden es común por todo el Ayuntamiento “A la oposición ni un papel”. Miente la oficina de Prensa y el Sr. Alcalde cuando dice que el día 25 de noviembre estaban los expedientes a disposición de la Oposición. Como ya sabemos, los engaños, irregularidades y trapicheos que suele hacer el señor Alcalde al convocar los Plenos para que la Oposición no tenga ni información “ni papeles”; Los Grupos de Oposición el día 25 de noviembre de 2004 se presentaron en el Ayuntamiento siguiendo estrictamente lo preceptuado en la Ley de Bases de Régimen Local y en el Reglamento, pero para que no quedara ninguna posibilidad de “mentiras” “falacias”, etc. fuimos acompañados por un Sr. Notario para que diera fé pública de lo que nos contestaban y de la documentación que se nos daba por el Ayuntamiento.- En un principio no fue fácil localizar un notario dispuesto a Levantar Acta “de un incumplimiento grave de la ley por parte de un Sr. Alcalde”. Ya se sabe los notarios “no quieren líos” etc. Sin embargo, se pusieron a disposición de la Oposición varios notarios para cumplir su labor profesional.- El Notario Levantó Acta y dio fé pública de lo siguiente: “requeridos por doña Encarna Ruiz y don Roque Manchado, Concejales del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, no hemos dirijo a la Secretaria Municipal, donde se han solicitado con la copia de la Convocatoria del Pleno Extraordinario, los expedientes de todas y cada una de las operaciones de venta del suelo público y de los aprovechamientos urbanísticos”. Un funcionario de Secretaría ha dicho e indicado que en Secretaria no se encuentra ningún expediente y que del Pleno extraordinario allí no hay nada. Posteriormente nos hemos dirigido al departamento de Urbanismo donde el Sr. Arquitecto nos ha indicado que sin orden del señor Alcalde no entregaba ni un papel”.- En primer lugar cuando hay un Pleno convocado el Sr. Alcalde no tiene que dar ni orden ni permiso de nada, todos y cada uno de los expedientes tienen que estar a disposición de cualquier concejal sin restricción alguna, cualquier documento, expediente o papel que necesiten para el desempeño de su función.- Pero si ya de por sí es grave esta actuación más grave y más importancia aún tiene “el impedimento del cumplimiento del derecho fundamental del art. 23.2 de la Constitución Española”. En la facultad de derecho me han enseñado que el impedimento o el poner trabas para que una persona realice y ejercite los derechos fundamentales del Titulo II y art 14 de la Ce, es una ilegalidad que puede ir mucho más allá que una mera infracción administrativa.- Esto es absolutamente surrealista, ¿Cómo se van a presentar pruebas, si no podemos ver los expedientes?. Además en la actividad pública, cuando se realiza de buena fé sólo hay que aplicar el sentido común: -Si todos los expedientes están bien, no hay problema, no hay nada oculto, no hay ninguna irregularidad, etc. Como dice el sr. Alcalde y el PP, es muy fácil y sencillo. Oposición tenga todos los expedientes uno por uno y papel por papel, y ya está. ¿O será que si no se quiere enseñar los expedientes es porqué se está chungo de papeles?.- Ahora bien lo quiera el Sr. Alcalde o no, lo prohíba o no, lo permita o no, los Concejales de la Oposición del Ayuntamiento de Alhaurín, vamos a tener a nuestra disposición “todos y cada uno de los expedientes de venta de suelo público y venta de aprovechamientos urbanísticos realizados por el Ayuntamiento desde que el Sr. Villanova es Alcalde”. Pues por encima del Sr. Alcalde hay otras Instituciones. Y éstas serán las que decidan no el sr. Alcalde. Y, por tanto, los ciudadanos de Alhaurín de la Torre van a conocer el contenido de esos expedientes.- En cuando a la propuesta presentada por IU, el Sr. Alcalde ni siquiera conocía el trámite legal de la misma, pero es más, ni siquiera lo conocen sus asesores. El único que expresamente indicó lo que dice la ley fue mi compañero concejal del PSOE Felix López. Esta circunstancia ya ocurrió en el anterior Pleno Extraordinario. Pero como hasta ahora esto de los Plenos extraordinarios convocados por la Oposición era una cosa rara, en este Ayuntamiento; se vé que no hay práctica. En los Plenos Extraordinarios se pueden presentar propuestas y conclusiones o puntos para considerar por parte del Pleno. El Pleno en votación debe de decidir en primer lugar si se vota o no esas propuestas. Si decide que se voten, se pasa a la votación, y si el Pleno decide que no se vote, obligatoriamente pasa como una Moción al próximo Pleno Ordinario, que obligatoriamente tiene que incluir en su orden del día estas propuestas.- El exabrupto del Sr. Alcalde sobre esta propuesta se ve que es debido a su desconocimiento.- Mercedes Avila, que en el pasado Pleno Extraordinario estuvo de dos formas como Concejala del Grupo Municipal de Izquierda Unida y como CRONISTA.- |
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