tu gacet@

Boletín informativo electrónico

del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre


Edificada en zona protegida inundable, la vivienda será demolida.-

Condenado a seis meses de prisión por una construcción ilegal

16 de junio de 2004

El juzgado de lo Penal numero 8 ha remitido a este Ayuntamiento sentencia  condenatoria contra F.C.M., vecino de la Barriada de Santa Amalia, por ejecutar una construcción ilegal en zona inundable. Los hechos se remontan al año 2000 cuando los servicios de inspección urbanística del Ayuntamiento detectaron esta infracción, con la construcción de una vivienda en una parcela de 2500 metros y remitieron dicho expediente a la Fiscalía, ya que tanto el Código Penal, como la Ley del Suelo de Andalucía, establece en los delitos contra la ordenación del territorio  la posibilidad de ser juzgados penalmente.

La sentencia considera probado, que el propietario procedió a la construcción de una vivienda sin permiso municipal de obras, ni licencia urbanística en zona inundable y sin posibilidad recalificación de uso, ya que en las crecidas del río Guadalhorce, la zona sufre frecuentes inundaciones. Dicha sentencia condena al acusado  a la pena de seis meses de prisión, pago de una multa total de 2.160 euros, así como a la demolición de la vivienda y pago de costas como autor de un delito contra la ordenación del territorio.   

El Departamento de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento, ha cursado recientemente 10 denuncias mas sobre presuntas irregularidades de construcción ilegal en este sector, además de algunas otras que se encuentran ya en la fiscalía en trámite de instrucción o sentencia, pues la obligatoriedad de la ley, hace que cualquier construcción realizada sobre terrenos que tengan alguna protección, bien arqueológica, natural o de cualquier especie son susceptible de ser tratados penalmente.

Desde este Ayuntamiento, se hace una llamada expresa a todos aquellos que tengan o quieran adquirir una parcela rústica que no sea urbanizable y el promotor o vendedor de la misma, les informe que no existe impedimento alguno para construir una pequeña vivienda o casa de aperos, que hagan caso omiso de tal recomendación y soliciten información en las oficinas municipales de Urbanismo, donde se les informará de la posibilidad y legislación urbanística vigente para poder construir, antes de proceder a su compra, ya que en caso de infracción alegar ignorancia o falta de conocimiento, aun de buena fe, no exime de responsabilidades penales que pueden ser sancionables con prisión.  

 

(volver a pagina de inicio)


Edita: Oficina de Prensa del Ayuntamiento