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El juzgado desestima la suspensión cautelar solicitada por la PDSS al Protocolo de canteras
La juez fundamenta su decisión en el carácter no decisorio de los acuerdos del Protocolo

Oficina de Prensa del Ayto. 16.05.05. El juzgado nº 3 de lo contencioso administrativo de Málaga, ha desestimado la medida  solicitada por la PDSS de una suspensión cautelar de los acuerdos del Protocolo de canteras. Esta organización vecinal formada por algunos ciudadanos y los partidos políticos PSOE e IU, ha presentado un contencioso administrativo contra el Ayuntamiento, por el acuerdo de Pleno celebrado el 2 de febrero de 2004 de ratificar el “Protocolo de acuerdo para una solución definitiva al problema de las canteras”. Protocolo firmado unos días antes de esa fecha entre la Junta de Andalucía, Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, empresas extractivas y sindicatos de trabajadores.

Dentro de este recurso presentado por el abogado Galán Palmero, letrado de la PDSS, se solicitaba asimismo la suspensión cautelar del Protocolo, cosa que el juzgado no ha estimado conveniente y ha desestimado.

Según el auto de dicho juzgado, la juez estima que: “Al no contenerse en el Protocolo cuya suspensión se insta, resoluciones o acuerdos de carácter decisorio, no resulta de ello que la denegación de la suspensión pudiera hacer perder su finalidad legítima al recurso interpuesto, ni acarrear daños o perjuicios de reparación imposible o difícil”.

Este fundamento jurídico se encuadra y refuerza, según fuentes jurídicas municipales,  las tesis mantenidas por los abogados corporativos, de que el Protocolo, como su propio nombre indica, es un “Acuerdo de intenciones sin carácter decisorio” y por tanto no susceptible de que le planteen un recurso contencioso, sino solo a los acuerdos cuando ellos se produzcan.

Según las mismas fuentes, a su entender,  es del todo bastante difícil que este contencioso prospere con esta fundamentación que la magistrada desglosa en su auto.

 

 

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